Ya es oficial: adiós a las terrazas de algunos bares durante este verano
En abril entró en vigor en el sector de la Hostelería

Una camarera atendiendo la terraza de un restaurante en una imagen de archivo. / AXEL ALVAREZ
Oriol García Dot
En hostelería, los cambios más importantes no siempre llegan con grandes titulares, pero terminan marcando el funcionamiento del día a día de miles de negocios. Es lo que sucede con la modificación del VI ALEH 2026, firmada el 13 de abril tras más de dos años de bloqueo en la negociación colectiva del sector.
Aunque todavía no se ha efectuado la publicación oficial de este nuevo acuerdo en el BOE, sus efectos ya se aplican desde la firma del acuerdo, que tuvo lugar el pasado 13 de abril.
Lejos de ser una actualización menor, esta revisión introduce ajustes relevantes en tres ámbitos clave: el procedimiento de los despidos disciplinarios, la gestión del trabajo en situaciones de calor extremo y la incorporación de medidas específicas de igualdad LGTBI.
Condiciones del sector de la hostelería
Para empezar, el VI Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el sector de la Hostelería (ALEH) es el marco laboral estatal que fija las condiciones mínimas en el sector de la hostelería en España. Actúa como base para convenios provinciales y de empresa e implica que cualquier cambio en este convenio tiene impacto directo en bares, restaurantes, hoteles y empresas de catering, independientemente de su tamaño.
El acuerdo es fruto del consenso entre las centrales sindicales FeSMC-UGT y CCOO Servicios, junto a las patronales Hostelería de España y CEHAT, que publicitaron en su momento detalles del pacto. De hecho, esta decisión rompe la tendencia conservadora de los últimos años en un ámbito de negociación tan importante como es el que se produce en el sector de la hostelería.
Procedimiento del despido
Uno de los principales cambios que incorpora esta nueva legislación es el procedimiento previo antes de comunicar el despido. Este nuevo proceso debe incluir la notificación por escrito de los hechos concretos que se imputan y la identificación de las normas internas presuntamente vulneradas.
Además, debe permitir al trabajador presentar alegaciones, pruebas o testigos y valorar de forma efectiva dichas alegaciones antes de decidir. De esta manera, si este procedimiento impuesto en el acuerdo no se respeta, el despido deberá ser declarado improcedente.
No obstante, en determinados casos, como aquellos que impliquen la vulneración de los derechos fundamentales de las personas, podría llegar a calificarse como nulo.
Cierre de las terrazas de los bares
Probablemente, la modificación que más va a dar que hablar es la de las terrazas de los bares.
Los negocios deben identificar los puestos más expuestos a temperaturas elevadas, como terrazas y cocinas, y adaptar la actividad cuando existan alertas meteorológicas oficiales que puedan suponer un riesgo grave para la salud de los trabajadores y clientes.
Aunque mucha gente se ha escandalizado pensando que el convenio establece un cierre automático de terrazas, no es así: realmente, la norma simplemente exige que la empresa evalúe el riesgo que pueden suponer algunos espacios y actúe en consecuencia.
Sin embargo, aunque no de forma automática, este punto de la reforma sí podría derivar en que algunos establecimientos deberán cerrar las terrazas de sus negocios, aunque sea de forma temporal.
Igualdad LGTBI
El último ámbito que ha sido modificado es el de la incorporación de medidas específicas de igualdad LGTBI. En este caso, el convenio estipula que las empresas del sector deben contar con protocolos frente al acoso y la discriminación, medidas que garanticen la igualdad real del colectivo LGTBI, además de con mecanismos de denuncia y actuación frente a situaciones de acoso.
Esta modificación del VI ALEH cobra aún mucha más relevancia, ya que coincide con el 30 aniversario del convenio estatal de Hostelería en España.
Fuente: El Periódico
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