Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social: "Existen varios mecanismos que reconocen el esfuerzo de la crianza de nuestros hijos en la futura jubilación"
Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, detalla las medidas para mitigar la reducción de la pensión de jubilación por parones laborales debidos al cuidado familiar

Alfonso Muñoz, funcionario Seguridad Social señala los tres tipos de beneficios para compensar coitzaciones perdidas durante el cuidado de los hijos / Alfonso Muñoz Cuenca - YouTube
Alejandro Navarro
Hay algunos casos en los que un parón en la carrera laboral puede tener consecuencias negativas en las prestaciones. Una de estas ayudas que pueden verse reducidas es la pensión de jubilación.
De hecho, lo más habitual es que los padres paralicen su actividad laboral para dedicarse al cuidado de los hijos y, con ello, se reduce su posible prestación de jubilación. Ahora bien, la normativa permite recompensar este esfuerzo familiar con cotizaciones extra.
En este sentido, el funcionario de la Seguridad Social Alfonso Muñoz asegura que existen tres tipos de beneficios a los que se pueden recurrir.
Complemento para la reducción de brecha de género
Una de las primeras herramientas es el denominado "complemento para la reducción de brecha de género". Este complemento permite aumentar el importe de la pensión "en función del número de hijos que hayamos tenido".
Actualmente, la cuantía fija se sitúa en los 36,90 euros mensuales por hijo, pudiéndose cobrar hasta un máximo de cuatro veces. Un punto clave de esta medida es que pueden recibirla tanto hombres como mujeres.
Sin embargo, en los casos donde una pareja solicite el complemento, solo podrá recibirlo uno de los progenitores, en concreto, el que tenga un importe menor de la pensión.
Bonificación por el cuidado de los hijos
Por otro lado, también existe la posibilidad de aumentar hasta 270 días de cotización por hijo durante los parones en la actividad laboral. Esta bonificación se destina a personas que dejen de aportar al sistema, siempre que los parones se realicen "entre los 9 meses anteriores al parto y los 6 años siguientes al nacimiento".
Ahora bien, aunque la bonificación se aplica a todas las prestaciones de la Seguridad Social, esta no permite demostrar el periodo mínimo de cotización, es decir, los 15 años mínimos para jubilarse. A su vez, la bonificación puede sumar hasta 1.825 días como máximo, es decir, 5 años adicionales de cotización.
Cotización extra por parto
El último elemento disponible sería una cotización ficticia destinada a las madres biológicas, que les permite sumar "112 días por cada parto de un solo hijo o aborto de más de 6 meses, y de 14 días adicionales por hijo en caso de parto múltiple".
Asimismo, en este caso, la cotización añadida sí puede ayudarnos a alcanzar el periodo mínimo de cotización. Además de ello, la cotización por parto también puede sumar esos 1.825 días de cotización, suponiendo unos 5 años más para el recuento de cotización.
Fuente: El Periódico
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