Herencias
La notaria alicantina María Cristina Clemente avisa a las parejas sin hijos que hacen testamento: “No lo soléis ver”
La experta explica qué puede ocurrir con los bienes familiares cuando uno de los miembros de la pareja fallece antes que el otro

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Hacer testamento es una de las decisiones más importantes para ordenar una herencia y evitar conflictos futuros. Sin embargo, hay situaciones que muchas parejas no tienen en cuenta cuando acuden a una notaría, especialmente cuando no tienen hijos y deciden nombrarse herederos el uno al otro.
La notaria alicantina María Cristina Clemente Buendía ha explicado una consecuencia habitual de este tipo de testamentos que, según señala, muchas personas no llegan a ver hasta que se les advierte. “Cuando venís a notaría a hacer testamento hay una consecuencia, un efecto de ese testamento que no soléis ver”, explica.

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Parejas sin hijos que se nombran herederas
El caso que plantea la notaria es frecuente: una pareja, casada o no, sin hijos, que decide dejar todos sus bienes al otro miembro de la relación. Además, suelen añadir una previsión para el caso de que la pareja ya hubiera fallecido: que hereden hermanos o sobrinos.
“Una pareja, igual que estéis o no casados, no tenéis hijos y habéis decidido nombraros herederos el uno al otro”, señala. Hasta ahí, explica, todo puede parecer normal. El problema aparece en lo que muchas parejas no calculan: lo habitual no es que ambos fallezcan a la vez, sino que primero muera uno y, años más tarde, el otro.
Qué ocurre cuando fallece primero uno de los dos
La notaria advierte de que, en la mayoría de casos, el fallecimiento será sucesivo. Es decir, primero fallece uno de los miembros de la pareja y el otro hereda sus bienes. “El fallecimiento de esos cónyuges no va a ser simultáneo sino sucesivo”, explica María Cristina Clemente.
Esto significa que el viudo o viuda pasa a hacer suyos los bienes del primero que fallece. Y no solo los bienes comprados durante la relación, sino también otros que ese miembro de la pareja pudiera haber recibido previamente.
“Este segundo, que era el viudo o viuda, había hecho suyos todos los bienes que pertenecían al primero”, detalla.
El problema con los hermanos y sobrinos del primero que fallece
La consecuencia llega cuando muere el segundo miembro de la pareja. En ese momento, si el testamento no ha previsto otra cosa, serán los familiares de este segundo fallecido quienes reciban la herencia.
La notaria lo resume así: los hermanos y sobrinos del último en fallecer pueden acabar recibiendo todo, incluidos bienes que originalmente pertenecían al primero.
“Cuando fallece el segundo de los cónyuges son los hermanos y sobrinos de este quienes reciben todo y los hermanos y sobrinos del fallecido en primer lugar se quedan sin ver nada”, advierte.
Este punto, según explica, suele generar sorpresa y tensión cuando se plantea en la notaría.
Cómo evitarlo en el testamento
La clave, señala María Cristina Clemente, está en prever esta situación desde el propio testamento. La notaria explica que existen dos formas básicas de hacerlo. La primera consiste en indicar desde el principio qué bienes se quiere que terminen en manos de determinados familiares.
“Ya desde un principio decir qué bienes quieres que sean para esos familiares”, señala. La segunda opción es nombrar heredero al cónyuge o pareja, pero incorporando una figura concreta: la sustitución fideicomisaria.

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Qué es la sustitución fideicomisaria
Según explica la notaria, esta fórmula permite que la pareja superviviente pueda comportarse como propietaria de los bienes, pero con ciertos límites sobre su destino final.
“Tu cónyuge se va a comportar como propietario, va a poder por ejemplo alquilar, vender si lo necesita, pero nunca darlo en donación ni tampoco dejarlo por herencia”, indica.
De esta forma, si al fallecer el segundo miembro de la pareja no se ha dispuesto de esos bienes, pasarán a los familiares que el primero dejó previstos en su testamento.
Una decisión clave para evitar conflictos familiares
El aviso de la notaria es especialmente importante para parejas sin hijos que desean protegerse mutuamente, pero también quieren que determinados bienes familiares acaben llegando a sus propios hermanos, sobrinos u otros familiares.
La recomendación es clara: no basta con nombrarse herederos entre sí. Si se quiere controlar qué ocurre después del fallecimiento del segundo miembro de la pareja, debe quedar reflejado de forma expresa en el testamento.
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