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Recortes de pensiones anticipadas

La Seguridad Social aplicará reducciones permanentes de hasta un 21% en las jubilaciones anticipadas

Las penalizaciones por jubilación anticipada voluntaria varían entre el 3,26% y el 21%, dependiendo de los años cotizados y el momento del retiro

Los recortes en la pensión por jubilación anticipada voluntaria afectan a la cuantía total, no a la base reguladora de cada trabajador

Los recortes en la pensión por jubilación anticipada voluntaria afectan a la cuantía total, no a la base reguladora de cada trabajador / Eva Abril - ARCHIVO

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Alejandro Navarro

La Seguridad Social ha confirmado que aplicará una reducción permanente en la cuantía recibida de las pensiones, con la posibilidad de reducir un 15% del importe, o incluso más.

De esta forma, aunque el trabajador presente más de 41 años cotizados, su prestación puede verse reducida si escoge la jubilación anticipada voluntaria, según establece el sistema de coeficientes reductores.

Las últimas reformas de pensiones no han hecho más que incentivar el retiro laboral a edades cada vez avanzadas, permitiendo prolongar la vida activa del trabajador.

Cómo se aplican las reducciones sobre jubilaciones anticipadas

De esta forma, si se adelanta la jubilación, el porcentaje reducido dependería del momento en que la persona decide jubilarse. Los coeficientes reductores se aplican según el número de meses antes de la edad ordinaria de jubilación, así como por el periodo cotizado en total.

Por ley, una persona puede acceder a la jubilación anticipada voluntaria hasta 2 años antes de la edad ordinaria de retiro. En concreto, se puede jubilar con 64 años y 10 meses si ha cotizado menos de 38 años y 3 meses, y a partir de los 63 años si demuestra, como mínimo, los 38 años y 3 meses de cotización.

En cuanto a las penalizaciones, estas pueden variar desde un 3,26% hasta el 21% si el periodo cotizado es menor a 38 años y 6 meses.

  • El periodo cotizado es igual o superior a 38 años y 6 meses y menor de 41 años y 6 meses: entre un 3,11% y 19% menos
  • Se demuestran 41 años y 6 meses cotizados o más, pero menos de 44 años y 6 meses: entre el 2,96% y 17% de reducción
  • La cotización asciende hasta los 44 años y 6 meses o más: entre un 2,81% y 13% menos

Qué pasa si la prestación recibida supera la pensión máxima

Ahora bien, estos porcentajes pueden cambiar si la persona recibe prestaciones por encima de la pensión máxima, correspondiente a los 3.359,6 euros mensuales:

  • Si el periodo cotizado es inferior a 38 años y 6 meses, la reducción puede oscilar entre el 1,33% y el 9,10%
  • En caso de que la cotización sea igual o superior a los 38 años y 6 meses, pero inferior a 41 años y 6 meses, se penaliza entre un 1,28% y 8,5%
  • Si se demuestran 41 años y 6 meses o más, y menos de 44 años y 6 meses, la reducción se sitúa entre el 1,24% y 7,9%
  • Al presentar más de 44 años y 6 meses cotizados, la prestación puede reducirse entre un 1,19% y 6,7%

Con todo ello, es importante aclarar que esta penalización se aplica sobre la cuantía total de la pensión, y no sobre la base reguladora de cada persona.

Fuente: El Periódico

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