Es oficial: el SEPE denegará una de sus ayudas más importantes a los trabajadores que tengan un convenio con la Seguridad Social
La ayuda para mayores de 52 años exige cumplir un requisito que muchos desempleados pasan por alto y pretende acumular las cotizaciones necesarias para la jubilación

Estos son los motivos que pueden llevar a la suspensión del subsidio / Marta Fernández - Europa Press
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) puede denegar una de las ayudas más importantes para los desempleados a quienes hayan suscrito un convenio especial con la Seguridad Social. El organismo considera que esta situación puede afectar al requisito de encontrarse en una situación de desempleo efectiva, por lo que exige acreditar que el solicitante cumple todas las condiciones establecidas para acceder a la prestación.
Uno de los motivos más habituales de denegación se produce cuando el solicitante no se encuentra en situación legal de desempleo, un requisito imprescindible para recibir cualquier prestación o subsidio gestionado por el SEPE. En estos casos, la Administración puede rechazar la solicitud o retirar la ayuda.
El subsidio para mayores de 52 años es el afectado
El subsidio para mayores de 52 años es una de las ayudas más importantes del SEPE, ya que permite cobrar una prestación mensual mientras se sigue cotizando para la futura jubilación. Sin embargo, no todos los desempleados pueden acceder a ella. La legislación establece que la ayuda solo puede concederse a personas que hayan perdido su empleo de forma involuntaria. Es decir, el desempleo debe derivar de circunstancias ajenas a la voluntad del trabajador.
Entre las situaciones que sí generan este derecho figuran:
- Un despido disciplinario u objetivo.
- La finalización de un contrato temporal.
- Un expediente de regulación de empleo (ERTE o ERE).
- La extinción del contrato durante el periodo de prueba por decisión de la empresa.
En cambio, quien abandona voluntariamente su puesto de trabajo no entra en situación legal de desempleo y, por tanto, no puede acceder directamente a esta ayuda, aunque reúna el resto de requisitos de edad o cotización.

Varias personas hacen cola en una oficina del SEPE. / Eduardo Parra - Europa Press
Además de encontrarse en situación legal de desempleo, el solicitante debe cumplir el resto de condiciones exigidas por el SEPE:
- Tener cumplidos 52 años.
- Haber agotado una prestación o encontrarse en una situación que permita acceder al subsidio.
- Reunir los requisitos necesarios para acceder a una pensión contributiva de jubilación, salvo la edad.
- Haber cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social, de los cuales dos deben encontrarse dentro de los últimos quince años.
- Acreditar un mínimo de seis años cotizados por desempleo durante la vida laboral.
- Carecer de rentas superiores al límite establecido legalmente.
Cuando cumples estos requisitos, puedes iniciar los trámites en el SEPE.
El convenio especial no sustituye el desempleo
Muchas personas creen que seguir cotizando mediante un convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social les permitirá solicitar posteriormente el subsidio. Sin embargo, ese acuerdo tiene una finalidad distinta.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz / David Zorrakino - Europa Press
El convenio especial sirve para mantener las cotizaciones destinadas a prestaciones como la jubilación, la incapacidad permanente o las pensiones de viudedad y orfandad. No incluye las cotizaciones por desempleo, por lo que no genera derecho a cobrar prestaciones gestionadas por el SEPE. Además, tampoco modifica la causa por la que el trabajador dejó de prestar servicios. Si el último cese fue voluntario, esa circunstancia continúa siendo la que analiza el SEPE cuando estudia la solicitud.
Cómo volver a tener derecho al subsidio
La única forma de recuperar la situación legal de desempleo es volver a incorporarse al mercado laboral y que ese nuevo empleo termine por causas ajenas al trabajador. Esto puede ocurrir, por ejemplo, mediante un despido o cuando finaliza un contrato temporal. Si el cese se produce durante el periodo de prueba por decisión de la empresa, la normativa también permite recuperar esa condición, aunque únicamente cuando hayan transcurrido al menos tres meses desde la baja voluntaria anterior.
El SEPE vigila este tipo de contrataciones para evitar fraudes. Los contratos de muy corta duración o aquellos realizados con empresas vinculadas familiarmente al trabajador pueden dar lugar a una investigación de la Inspección de Trabajo. Si la Administración considera que el contrato fue simulado únicamente para acceder al subsidio, puede denegar la prestación, exigir la devolución de las cantidades cobradas e imponer sanciones tanto al trabajador como a la empresa implicada.
El convenio especial puede ser útil para completar los años de cotización necesarios para la futura jubilación, pero no sustituye el requisito esencial de haber perdido el empleo de forma involuntaria. Por ello, antes de solicitar el subsidio para mayores de 52 años conviene comprobar que se cumplen todas las condiciones exigidas por el SEPE para evitar una denegación de la ayuda.
Fuente: La Provincia - Diario de Las Palmas
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