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DERECHO LABORAL

Aviso a los trabajadores: dos cuestiones clave antes de volver al trabajo tras una baja médica

El abogado laboralista Juanma Lorente advierte de varios supuestos que no hay que permitir al reincorporarse

Todo lo que debes saber si estás de baja médica

Aitana Solera

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Volver al trabajo después de una baja médica largano siempre es sencillo. El trabajador puede regresar con dudas, con miedo a una recaída, con limitaciones todavía presentes o con la sensación de que la empresa ha seguido funcionando sin él durante meses. A veces la reincorporación es tranquila y se produce con normalidad, pero en otras ocasiones aparecen tensiones, cambios de funciones, comentarios incómodos o actitudes que hacen que la vuelta sea mucho más difícil de lo que debería.

La baja médica no suspende los derechos básicos del trabajador ni permite a la empresa tratar su reincorporación como si fuera una molestia. Estar de incapacidad temporal implica que una persona no ha podido trabajar por motivos de salud, no que haya abandonado su puesto ni que pueda ser castigada por ello. Por eso, cuando se produce la vuelta después de varios meses de baja, conviene tener claras dos ideas fundamentales: el puesto y las funciones deben respetarse, y cualquier represalia debe documentarse y reclamarse.

Respeto de las funciones

El abogado laboralista Juanma Lorente afirma que la primera cosa que debes tener clara al volver de una baja médica larga es que tus funciones se respetan. Es decir, tu puesto de trabajo debe mantenerse en los términos que correspondan. No vale reincorporarse después de ocho meses de baja y que la empresa diga, sin más, que ha reestructurado la organización y que a partir de ahora te vas a dedicar a algo completamente distinto. Si ese cambio afecta de forma relevante a tus funciones, horario, jornada, salario, sistema de trabajo o condiciones esenciales, puede tratarse de una modificación sustancial de las condiciones laborales.

El Estatuto de los Trabajadores regula las modificaciones sustanciales en su artículo 41. La empresa puede acordarlas solo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, y debe seguir el procedimiento previsto. Entre las materias que pueden verse afectadas están la jornada, el horario, el régimen de trabajo a turnos, el sistema de remuneración, el sistema de trabajo y rendimiento o las funciones cuando excedan los límites de la movilidad funcional. Por tanto, la empresa no puede utilizar la reincorporación tras una baja como excusa para apartar al trabajador de su puesto sin justificación.

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Lorente advierte de que, en algunos casos, ese cambio encubre una represalia por haber estado de baja médica. Si el trabajador vuelve y la empresa lo desplaza a tareas inferiores, lo aparta de sus funciones habituales, le cambia el puesto sin causa real o le comunica una reestructuración justo al reincorporarse, conviene analizar el caso con detalle. La reclamación puede buscar que se le reponga en sus condiciones anteriores o, en determinados supuestos, extinguir la relación laboral con indemnización y derecho a prestación por desempleo. La clave es no aceptar automáticamente el cambio como si fuera inevitable, sino pedir explicaciones por escrito y conservar pruebas.

Represalias

La segunda cuestión es no aguantar ningún tipo de represalia a nivel de trato, aislamiento o acoso. Según Juanma Lorente, no es normal volver de una baja y pasar una semana sin que te asignen trabajo. Tampoco es normal que tu jefe te haga el vacío, que tus compañeros te traten peor o que se te deje apartado como si ya no formaras parte del equipo. La reincorporación debe hacerse con tareas reales, instrucciones claras y respeto profesional. La enfermedad o la baja médica no pueden convertirse en motivo para humillar, aislar, castigar o deteriorar las condiciones de trabajo.

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