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La justicia europea respalda a los editores de prensa que exijan a grandes plataformas como Meta pagar por usar sus contenidos

El gigante tecnológico de EEUU había interpuesto un recurso contra la ley italiana que transponía la directiva europea sobre los derechos de autor en el mercado único digital y garantizaba ese derecho a los editores

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Bruselas

Los editores de prensa podrán exigir a grandes plataformas digitales como Meta que paguen por el uso de contenido producido por los medios, después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) haya respaldado este modelo en una sentencia este martes, en respuesta a una pregunta prejudicial de un tribunal italiano.

El caso se remonta a 2023 y enfrenta a Meta con Italia. El gigante estadounidense interpuso un recurso contra la legislación italiana que transponía la directiva europea sobre los derechos de autor en el mercado único digital. Esa directiva reconoce el derecho de los editores de prensa a autorizar o prohibir el uso de su contenido por parte de plataformas digitales.

La legislación italiana, que transpone la directiva, autoriza a los editores a reclamar "una remuneración equitativa" negociable, a cambio de usar el contenido. Además, obliga a las plataformas a pactar esa remuneración con las editoriales, sin limitar la visibilidad de los contenidos en los resultados de búsqueda durante las negociaciones.

La encargada de fijar los criterios para determinar esa remuneración es la Autoridad Garante de las Comunicaciones. Fue contra esa decisión que reclamó Meta. A ojos de la compañía, este régimen viola la propia directiva y su derecho a la libertad empresarial.

Sin embargo, en su sentencia de este martes, el Tribunal considera que el modelo es compatible con el derecho comunitario. La Justicia europea alega que la directiva tiene por objetivo garantizar que los editores tienen derechos exclusivos sobre la publicación y reproducción de los contenidos. Cómo lograrlo, en último término, depende de cada país, y la ley italiana que impone una "remuneración equitativa" sería "admisible" a ojos del tribunal.

En particular, el TJUE ha sentenciado que esa remuneración es aceptable siempre y cuando "constituya la contrapartida económica" a la autorización a las plataformas para publicar el contenido en cuestión. Los editores, en cualquier caso, deberán poder denegar esa autorización o incluso concederla gratuitamente. También considera justificado que no pueda limitarse la visibilidad de dicho contenido durante la negociación porque lo contrario supondría una forma de presión.

Una restricción justificada

En su sentencia, el Tribunal ha reconocido que las obligaciones que se derivan de la legislación italiana "constituyen una restricción a la libertad de empresa". Sin embargo, la Justicia europea considera que esa restricción "parece justificada y proporcionada" en relación con los objetivos de la directiva.

Esos objetivos son garantizar un funcionamiento "correcto y equitativo" del mercado de los derechos de autor y la viabilidad de los editores. A ojos del TJUE, la imposición de esas obligaciones "permite establecer un equilibrio justo entre la libertad de empresa, por una parte, y el derecho de propiedad intelectual y el derecho a la libertad y al pluralismo de los medios de comunicación, por otra".

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