La sección quinta de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha condenado al Ayuntamiento de Denia a pagar una multa de 80.000 euros por permitir la participación de menores en 'bous a la mar' de julio de 2007, y por no contar la correspondiente autorización para realizar este festejo.

De esta manera, el tribunal valenciano ha desestimado el recurso interpuesto por el consistorio contra la resolución de la Conselleria de Gobernación, que le condenaba a pagar dos multas de 30.000 y de 50.000 euros por dos infracciones en la celebración de 'bous a la mar' de 2007.

El 12 de julio de 2007 y dentro de las actividades festivas programadas, Denia acogió la fiesta 'bous a la mar'. Posteriormente, en noviembre del mismo ejercicio, el ayuntamiento tuvo conocimiento de la incoación de un expediente sancionador por dos infracciones: la participación de menores en el acto y la indebida autorización al respecto.

Según consta en el expediente administrativo, a las 18.30 horas de ese día, se estaba llevando a cabo un espectáculo taurino con niños, mientras que el festejo autorizado estaba previsto a las 19.00 horas. Así, se estaba celebrando media hora antes de lo concedido un acto con vaquillas, en el que participaban menores.

La Administración autonómica entendió que en este caso no hubo autorización para el festejo, "ni por la hora, ni por el tipo de ganado ni por los asistentes", con lo que éste era un espectáculo diferente para el que no había autorización. Por este motivo, le impuso dos sanciones graves.