Un hombre ha sido condenado a 20 meses de prisión por romperle el hueso de la nariz a un conocido, con el que entabló una discusión en un bar de Xàbia.

De acuerdo con la sentencia, ratificada ahora por la Audiencia Provincial, los hechos enjuiciados tuvieron lugar pasada la medianoche del 26 de abril de 2017 cuando el procesado y un amigo se encontraban en las inmediaciones de un bar del municipio y allí coincidieron con la víctima de la agresión, un conocido con el que iniciaron una conversación.

Ese encuentro derivó en una discusión y después en una pelea por motivos que se desconocen, durante la cual el condenado "propinó un fuerte puñetazo en la cara y otro en la nariz", que le causaron la fractura de los huesos, además de una herida en el ojo izquierdo.

El Juzgado de lo Penal número 2 de Benidorm consideró al agresor culpable de un delito de lesiones, en sentencia dictada en 2018. Además, le impuso el pago de una indemnización al agredido por valor de 3.160 euros en concepto de responsabilidad civil.

El condenado recurrió en apelación para defender que el juzgado no había valorado los testimonios que le situaban en su domicilio en el momento en el que transcurrió la pelea y que, por tanto, le exculpaban de la agresión.

Sin embargo, el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia desestima el recurso, al considerar que el testimonio de la víctima de la agresión quedó ratificado por las declaraciones de los agentes de la Guardia Civil que acudieron al lugar de la trifulca, donde fueron informados sobre lo que se había sucedido y sobre la identidad del agresor.

Además, los magistrados inciden en que el emplazamiento en el que se produjo la pelea se situaba en las proximidades del domicilio del procesado, donde lo situaron los testigos de la defensa, por lo que nada impedía que "en un momento dado, el acusado y quien le acompañaba pudieran haberse ausentado de la vivienda" y haber causado las lesiones que de las que se le considera responsable.

La Audiencia confirma en su integridad la sentencia recurrida y declara las costas de oficio en un fallo contra el que cabe recuso de casación ante el Tribunal Supremo.