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Tratamiento ambulatorio para la mujer que saltó con su bebé desde el castillo de Dénia

La Audiencia considera probado que la mujer no era responsable de sus actos a causa de un trastorno mental

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La mujer que saltó con su bebé en brazos desde el castillo de Dénia cumplirá la pena en su casa recibiendo tratamiento ambulatorio, según la sentencia de la Audiencia de Alicante a la que ha tenido acceso este diario. El fallo considera probado que la mujer padecía un trastorno mental en el momento en que ocurrieron los hechos que la hacen inimputable del delito de intento de asesinato que se le imputaba. La sentencia le impone una medida de seguridad de internamiento psiquiátrico durante un plazo máximo de 20 años, que se sustituye por un régimen ambulatorio controlado por la Unidad de Salud Mental de Dénia para vigilar que sigue el tratamiento y que no tiene recaídas. En caso contrario se procedería al internamiento. El fallo inhabilita de manera absoluta a la acusada y se le priva del ejercicio de la patria potestad, como medida de protección al menor. La sentencia apunta a la posibilidad a que en otra jurisdicción se pueda fijar en un futuro un régimen de visitas al niño, en función de la evolución médica de la madre.

Los hechos ocurrieron el 6 de agosto de 2017 cuando la procesada acudió con su hijo de siete meses al castillo de Dénia. La mujer sorteó las vallas de seguridad y se situó en una de las almenas para saltar al vacío desde una altura de más de setenta metros. Antes de saltar envió un mensaje a su marido diciendo «estamos en el castillo, te queremos mucho papi. Adiós». Ambos salvaron la vida al haber caído a las mallas de seguridad que había en las laderas del castillo, resultando heridos de gravedad.

La sentencia considera probado que en el momento de los hechos la acusada estaba diagnosticada de un trastorno depresivo mayor y otro esquizoafectivo con alucinaciones auditivas que mermaban e incluso anulaban sus facultades, por lo que no era consciente de sus actos. En el juicio la mujer aseguró que no recordaba nada de lo que pasó ese día.

En la resolución se recuerda que los forenses aseguraron que la acusada estaba aquejada de una depresión con una visión distorsionada de la realidad, por lo que el suicidio era para ella la única solución para salir de este mundo. «Llegaron a mencionar las mencionadas peritos que estábamos en presencia de un suicidio ampliado, donde no solo buscaba quitarse la vida sino también la de su hijo para quitarle el sufrimiento», explica la resolución. Por ello se le aplica una eximente completa de enajenación mental.

Para determinar la pena, los jueces se han basado en el dictamen de los médicos que atienden a la acusada que señalaron que su estado mental está estabilizado con el tratamiento que está siguiendo en la actualidad.

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