Un juzgado da la razón a Calp y considera caducada la licencia para un hotel de 35 plantas en Les Salines

La licencia se concedió en diciembre de 2017 para levantar dos torres que no serían posible con las nuevas normas urbanísticas

Vista de la zona de Les Salines de Calp.

Vista de la zona de Les Salines de Calp. / INFORMACIÓN

Calp

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Alicante da la razón al Ayuntamiento de Calp al haber declarado la caducidad de la licencia que concedió en diciembre de 2017 a la mercantil Sol de Calpe para la construcción de un hotel de dos torres de 35 alturas en una parcela ubicada en la avenida Juan Carlos I, cercana a Les Salines. Así lo informó el Consistorio quien indicó que se ha desestimado el recurso presentado por la empresa y el juzgado considera "conforme a derecho" la decisión del Ayuntamiento calpino sobre declarar caducada esta licencia.

Como ya publicó este diario, el Ayuntamiento de Calp declaró la caducidad de la licencia tras comprobar que había transcurrido el plazo de ejecución de la licencia sin que se hubieran iniciado las obras y tras la aprobación de la modificación D14 del Plan General de Ordenación Urbana de Calp que contemplaba nuevas normas urbanísticas a las que no se ajustaba la licencia de obras concedida.

La empresa arguye en el recurso que "no procede la caducidad de la licencia por considerar que desde que esta fue concedida se han producido una serie de circunstancias que han impedido el inicio de las obras". Y, en este sentido, se hace referencia al "recurso contencioso-administrativo que presentó la Generalitat Valenciana en 2018 que conllevó la suspensión de la licencia, el cual fue finalmente desestimado al igual que el posterior recurso de apelación, mediante sentencia del TSJ, declarada firme el 10 de septiembre de 2021".

La mercantil aduce, además, que ha manifestado en "repetidas ocasiones y mediante diferentes escritos presentados por registro de entrada en el Ayuntamiento su intención de iniciar las obras" y que, por tanto, no existe "una conducta de abandono o en desistimiento de su intención de edificar".

Lo que dice el juzgado

Les Salines de Calp.

Les Salines de Calp. / INFORMACIÓN

Sin embargo, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo señala en la sentencia que "la parte demandante se limita a manifestar que quiere ejecutar la obras, pero eso no es más que una simple declaración vacía de contenido. Desde la declaración de firmeza de la sentencia de la Sala de fecha 10 de diciembre de 2021, no ha realizado ninguna actuación material tendente a la ejecución de la obra".

Así mismo, en la sentencia se hace referencia a que la mercantil "no disponía de financiación para ejecutar la obra así como a la modificación del planeamiento al que no se ajustaba" este proyecto. "Como señala la jurisprudencia, la licencia garantiza el derecho a la edificación, pero no la inmutabilidad del régimen urbanístico", se destaca. Se trata de una sentencia en primera instancia por lo que cabe recurso.  

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