Las juntas de tratamiento de las tres cárceles catalanas en las que cumplen su pena los presos del 'procés' han propuesto clasificar penitenciariamente a los reclusos en el segundo grado. Esta resolución -que no ha contado con unanimidad-, hecha pública este miércoles, la tendrán que revisar la Generalitat y la Fiscalía.

La decisión afecta a Oriol Junqueras, Joaquim Forn, Jordi Turull, Josep Rull, Dolors Bassa, Raül Romeva, Carme Forcadell, Jordi Cuixart y Jordi Sànchez.

El secretario de Medidas Penales, Reinserción y Atención a la Víctima de la Generalitat, Amand Calderó, ha comparecido en rueda de prensa en la sede del organismo, donde ha dado a conocer la decisión de las juntas de las cárceles donde cumplen sus penas los nueve líderes independentistas condenados por sedición por el Tribunal Supremo.

Tras conocerse la propuesta de las juntas de tratamiento de las tres cárceles (Mas Enric, Puig de les Basses y Lledoners), se abre un plazo de dos meses para que la Consellería ratifique la resolución de la junta, un órgano integrado por psicólogos, educadores, trabajadores sociales y juristas y por un representante de la administración catalana que cuenta con voto de calidad, pero insuficiente para imponer su criterio.

La junta ha tenido en cuenta factores como la conducta en prisión, los hábitos laborales, el apoyo social y familiar o la falta de antecedentes para asignar a los presos uno de los tres grados penitenciarios: el primero, con las medidas de control más restrictivas, el segundo -el más habitual- o el tercero, que permite salir a diario y regresar a la cárcel solo a dormir.

El segundo grado, no obstante, puede flexibilizarse hasta igualar sus condiciones a las del régimen abierto, a través de dos supuestos del reglamento -como el artículo 100.2 que se aplicó a Oriol Pujol o el 117 a Iñaki Urdangarin- que autorizarían a los presos a salir de la cárcel durante el día, principalmente para participar en actividades de voluntariado o trabajar.

La opción del régimen ordinario flexibilizado posibilita esquivar el control del Supremo: a diferencia del tercer grado, en el que la última palabra la tiene el tribunal sentenciador, los artículos del reglamento penitenciario son revisados por el juez de vigilancia y los recursos se agotan en la Audiencia de Barcelona.

Posible recurso de la Fiscalía

Puede ser clave el papel de la Fiscalía si decide recurrir los beneficios penitenciarios, una posición que despierta recelos en el Departament de Justicia por la beligerancia con que el ministerio público ha criticado su gestión de los políticos presos en anteriores ocasiones.

De hecho, en su memoria del año pasado, la Fiscalía cuestionó la imparcialidad de las autoridades penitenciarias catalanas para evaluar a los presos una vez condenados, al tiempo que criticaba la "anormal" presencia de políticos catalanes en la cárcel de Lledoners y las asiduas manifestaciones alrededor del centro.