El Gobierno ha alcanzado un principio de acuerdo con los agentes sociales en el marco del diálogo social para alargar los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE)derivados de la crisis sanitaria y de la suspensión de determinadas actividades durante al estado de alarma, según han confirmado a Europa Press fuentes próximas a la negociación.

En concreto, el texto de este preacuerdo, que podría sufrir modificaciones de última hora para conseguir el sí definitivo de la patronal, contempla extender hasta el 30 de junio de este año los ERTEs de fuerza mayor derivados de la Covid-19, ya sea por fuerza mayor total (sin reinicio de la actividad) o parcial (recuperación de una parte de la actividad).

No obstante, por acuerdo del Consejo de Ministros, se podrán prorrogar estos ERTE "en atención a las restricciones de la actividad vinculadas a razones sanitarias que subsistan llegado el 30 de junio".

El texto, al que ha tenido acceso Europa Press y que está elaborado en forma de Real Decreto-ley, establece que no podrán acogerse a ERTEs de fuerza mayor las empresas y entidades con domicilio en paraísos fiscales. Además, se precisa que las empresas que se acojan a estos procedimientos no podrán repartir dividendos durante el ejercicio fiscal correspondiente a la aplicación del ERTE, excepto si devuelven a la Seguridad Social las cuotas de las que fueron exoneradas. No obstante, esta limitación no será aplicable a las empresas que, a 29 de febrero de este año, contaran con menos de 50 trabajadores.

El texto contempla que las prestaciones por desempleo asociadas a los ERTE (que se conceden sin necesidad de cumplir el periodo de carencia) se mantendrán hasta el 30 de junio, salvo las de los fijos-discontinuos, que serán de aplicación hasta el 31 de diciembre.

De acuerdo con este borrador del preacuerdo, que será sometido este viernes a la consideración de los órganos de dirección de las organizaciones sindicales y empresariales, a partir del desconfinamiento se facilitará la transición de ERTE de fuerza mayor a ERTE por causas organizativas, técnicas, económicas o de producción y se permitirá que estos últimos se tramiten mientras estén vigentes los primeros.

Exoneración de cuotas

La regulación que se dio a mediados de marzo a los ERTE por fuerza mayor derivados del coronavirus establece una exoneración de cotizaciones del 75% para las empresas que a 29 de febrero de este año tuvieran más de 50 trabajadores en alta en la Seguridad Social y del 100% para las que tuvieran menos de 50 trabajadores.

En el texto del preacuerdo se señala que estas exenciones se mantendrán en mayo y junio para los ERTE de fuerza mayor total. En el caso de ERTE de fuerza mayor parcial, la empresa se beneficiará de una exención por los trabajadores que vuelvan a la actividad del 85% en mayo y del 70% en junio en el supuesto de que a 29 de febrero de este año su plantilla fuera inferior a 50 trabajadores. Si contaba con más de 50 a dicha fecha, la exención alcanzará el 60% en mayo y el 45% en junio.

En el caso de los trabajadores que se queden en el ERTE y sigan con sus contratos suspendidos, la exención empresarial será del 60% en mayo y del 45% en junio para empresas de menos de 50 trabajadores, y del 45% en mayo y del 30% en junio para las que tengan más de 50 empleados. Todas estas exenciones podrán ser prorrogadas en los mismos términos o en otros distintos si así lo decide el Consejo de Ministros.

Uno de los principales caballos de batalla de esta negociación sobre los ERTE ha sido la cláusula de mantenimiento del empleo . La regulación de mediados de marzo vinculaba las ventajas de los ERTEs derivados de la Covid-19 a que las empresas mantuvieran el empleo durante seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad, una exigencia a la que la CEOE se opone y de la que dependerá su sí definitivo al acuerdo.

En el texto que el Gobierno ha puesto sobre la mesa, y que podría cambiar a lo largo de este viernes, se flexibiliza esta cláusula, aunque no desaparece. Se especifica que este cómputo de seis meses empezará a contar desde la incorporación al trabajo efectivo de personas afectadas por el ERTE, aun cuando éste sea parcial o sólo afecte a parte de la plantilla.

Este compromiso de mantenimiento del empleo se considerará incumplido si se despide a cualquier trabajador afectado por el ERTE, aunque con excepciones (despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad total, absoluta o gran invalidez y extinción de un contrato temporal por finalización de su vigencia o por el fin de la obra o servicio contratado). En el caso de incumplimiento de esta cláusula, las empresas deberán devolver todas las cuotas de las que fueron exoneradas, con recargo e intereses de demora.

Ahora bien, en el texto se especifica que este compromiso de mantener el empleo seis meses después de reanudar la actividad no será de aplicación a aquellas empresas que tengan riesgo de entrar en concurso de acreedores.

Sindicatos y patronal

Este preacuerdo sobre la extensión de los ERTE tendrá que ser ratificado por las distintas organizaciones, tanto sindicales como empresariales. Así, CEOE ha convocado a su Comité Ejecutivo a una reunión a las 9.00 horas de este viernes.

Por la parte sindical, UGT también celebrará un Comité Confederal para dar el visto bueno al borrador, al igual que CCOO, que reunirá a su Ejecutiva.

Si los órganos de dirección de los agentes sociales dan el visto bueno al acuerdo, no es descartable que esta norma se apruebe en el Consejo de Ministros extraordinario que se celebra este viernes para dar luz verde a la prórroga del estado de alarma.

Gobierno y agentes sociales han alcanzado este principio de acuerdo tras una reunión maratoniana, que empezó pasado el mediodía del jueves y que obligó a suspender el encuentro que sindicatos y empresarios tenían previsto mantener a las 20.00 horas de este jueves para seguir hablando de la desescalada.

El objetivo de esta negociación sobre los ERTE era conseguir que, tras el estado de alarma, aquellos sectores que necesiten mantener los ERTE puedan hacerlo para salvaguardar el empleo y evitar cierres empresariales y que aquellos que se vayan recuperando puedan reincorporar a trabajadores incluidos en estos procedimientos de manera progresiva. La Seguridad Social informó el pasado martes de que 3,38 millones de ocupados estaban incluidos en ERTE.

La CEOE acepta

La CEOE da el visto bueno al preacuerdo alcanzado con Gobierno y sindicatos para prorrogar los ERTE por fuerza mayor hasta el 30 de junio, aunque con posiciones muy críticas por parte de algunas patronales y con el planteamiento de que se revise teniendo en cuenta la situación de cada sector.

Según han informado a Efe fuentes empresariales, la junta directiva a la que se ha sometido esta mañana el texto del preacuerdo para prolongar los ERTE ha sido convulsa, con muchas críticas y posiciones en contra de importantes patronales que rechazan la cláusula de salvaguarda del empleo durante seis meses.

De hecho, las citadas fuentes apuntan al malestar que ha generado en la patronal el no haber recibido el apoyo de los grupos parlamentarios PP, Ciudadanos, PNV, Coalición Canaria o VOX a su reclamos en contra del mantenimiento obligatorio del empleo para las empresas que realizaran estos ERTE.

Según el texto del preacuerdo, se prorrogarían los ERTE por fuerza mayor hasta que acabe junio manteniendo de la protección por desempleo y la exoneración de cotización como hasta ahora, aunque con porcentajes menores para las empresas que reanuden parcialmente la actividad.

Así, una vez que se levante el estado de alarma podrán mantenerse los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor total o parcial con fecha tope del 30 junio, si bien la protección por desempleo de los trabajadores fijos discontinuos se extenderá hasta el 31 de diciembre.

Estas medidas estarán sujetas al compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad, es decir, la reincorporación al trabajo efectivo de sus trabajadores, aún cuando sea de forma parcial o sólo afecte a parte de la plantilla.

Este compromiso se entenderá incumplido si se produce el despido o extinción de los contratos de cualquier trabajador afectado por ERTE, salvo que sea disciplinario declarado como procedente o la salida se produzca por dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.

Tampoco si se debe a una interrupción del contrato fijo discontinuo o a la finalización de un contrato temporal al expirar el tiempo convenido o si la obra o servicio objeto de la contratación no puede realizarse de forma inmediata.

De incumplir esta cláusula de salvaguarda del empleo, las empresas deberán abonar las cotizaciones exoneradas, con el recargo e intereses de demora.