La Audiencia Nacional ha condenado a 74 años de cárcel al etarra Ignacio Bilbao, Iñaki Lemona, por un atentado contra lanzagranadas contra guardias civiles del cuartel de Villafranca de Ordicia (Guipúzcoa) en 1983, en el que murió un agente y dos resultaron heridos. Condena que, no obstante, no le supondrá volver a prisión al haber cumplido el máximo de 30 años por otras causas.

Bilbao Beascoechea quedó en libertad el pasado jueves, días después de ser juzgado, tras constatar los magistrados que ya había cumplido el máximo de 30 años en prisión por otras causas a las que se le acumularía esta.

Se encontraba en prisión preventiva por esta causa desde el pasado 17 de julio, pero, tras deliberar al término del juicio, la Sala concluyó que incluso "en el supuesto de un fallo condenatorio, como los hechos juzgados tuvieron lugar el 2 de febrero de 1983, la eventual condena no modificaría el límite máximo de cumplimiento de 30 años de cárcel" que le quedó establecido en 2014, según un auto al que ha tenido acceso Efe.

Así, una semana después, los magistrados finalmente le han condenado a las penas que pedía la Fiscalía: 30 años de cárcel por un delito de atentado contra miembros de la seguridad del Estado en acción terrorista, con la agravante de premeditación, y otras dos penas de 22 años por sendos delitos de asesinato frustrado.

La sentencia da por probado que el acusado, durante el año 1983, formaba parte de uno de los "taldes" del comando Goierri Costa de la banda terrorista ETA, que actuaba en la provincia de Guipúzcoa y en algunas zonas de Álava y Navarra.

El 2 de febrero de 1983, Bilbao y los otros integrantes del comando perpetraron un atentado con la información recabada por José Miguel Latasa Guetaria, condenado por estos hechos, sobre los movimientos de vehículos del cuartel de la Guardia Civil de Villafranca de Ordicia y los puntos desde donde sería factible realizar un ataque con lanzagranadas.

Tras reunirse en Zaldivia, a unos 4 kilómetros de Villafranca de Ordicia, y "provistos de fusiles ametralladores tipo Cetme o G-3 y dos lanzagranadas se dirigieron repartidos en dos vehículos a las proximidades del punto elegido para atacar los coches patrulla que salieran del cuartel".

Una vez allí, continúa la resolución, estacionaron sus vehículos y se emboscaron manteniendo la visibilidad sobre el cruce existente en la carretera N-1 de Madrid a Francia por Irún, y formando dos grupos se situaron en puntos diferentes: uno desde el lado izquierdo de la carretera de acceso al cuartel, y el otro desde la ladera frontal próxima a la carretera N-1.

Cuando observaron que dos automóviles de la Guardia Civil llegaron a la intersección de las carreteras y se detuvieron para ceder el paso a los vehículos que circulaban por la carretera N-1, dispararon dos granadas contra ellos. Una de ellas fue lanzada por Pedro José Picabea Ugalde, también condenado por estos hechos, encargándose el acusado Ignacio Bilbao de introducir las granadas en el lanzagranadas.

Acto seguido, ametrallaron con fuego cruzado desde cada uno de los dos automóviles a los agentes de la Guardia Civil, que trataron de repeler la agresión disparando con las armas reglamentarias que portaban. A consecuencia de las explosiones y los disparos falleció el guardia civil Miguel Mateo Pastor y resultaron heridos los agentes José Luis Bueno Fernández y Custodio Contreras La Rosa.

Los magistrados también consideran relevante para acreditar la culpabilidad del acusado el testimonio de Latasa Guetaria, que en 1996 confesó que Iñaki Bilbao formaba parte de ese comando y que participó en este atentado.