Como hiciese en el caso del exlíder de la ANC Jordi Sànchez, el Tribunal Constitucional también ha avalado la decisión del Congreso de suspender como diputados a los exconsellers Jordi Turull y Josep Rull en 2019, cuando estaban siendo juzgados por el "procés" y procesados por rebelión.

El pleno del TC ha desestimado por unanimidad los recursos de amparo de Turull y Rull, actualmente cumpliendo una pena de prisión por sedición, contra las resoluciones del Congreso de los Diputados de 24 de mayo y 11 de junio de 2019, por las que quedaron suspendidos en el ejercicio de su cargo.

En sendas sentencias, el TC deja claro que el "advenimiento de sentencia en la causa 20907-2017 ( la del procés) no tiene efecto alguno para el enjuiciamiento de estos acuerdos, pues el que la condena haya sido finalmente por sedición, no por rebelión, no afecta a la correcta aplicación que en su día se hizo del artículo 384 bis" de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Este artículo establece la suspensión de cargo público a un procesado en firme que se encuentre en prisión provisional por delitos como el de rebelión.

En su recurso, Rull y Turull alegaron vulneración de derechos fundamentales por haber sido "automáticamente suspendidos en el ejercicio del cargo y en los derechos y deberes establecidos en el Reglamento del Congreso" en virtud de esos acuerdos.

Ahora, el Constitucional al resolver sus recursos, reproduce los razonamientos jurídicos que ya esgrimió el pasado julio para rechazar el que interpuso Jordi Sánchez por el mismo motivo.

Así, reiteran que el acuerdo de la Mesa no vulneró ninguno de los derechos fundamentales invocados.

La decisión se basó en la aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), un precepto que ya entró a analizar el TC en una sentencia en la que respaldó la suspensión, en su caso como diputados autonómicos, de Oriol Junqueras y del exconseller Raül Romeva.

Avalada la aplicación de este artículo, el Constitucional confirma la decisión de la Mesa y avala su competencia para ello, después de la disyuntiva que se creó sobre si debía ser éste o el propio Tribunal Supremo, con cruce de misivas incluido.

Comenzó el tribunal que juzgó a los líderes independentistas, que comunicó a las Cámaras (Romeva era senador) la situación de los cinco presos electos para que estudiasen si debían acordar la suspensión, y la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, respondió al Supremo que le aclarase qué ley habría que aplicar.

Volvió a contestar la Sala: "la configuración constitucional" del Supremo hacía "inviable la elaboración" de dicho informe, el Congreso tiene letrados para hacerlo y el tribunal ya le dio una serie de argumentos en un auto anterior.

Finalmente, fue la Mesa, con el informe favorable de los letrados, la que procedió a la suspensión de los diputados el 24 de mayo de 2019 con la mayoría conformada por PSOE, PP y Cs, frente a Unidas Podemos, que seguía entendiendo que la decisión correspondía al Supremo.