La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado citar como investigados a altos cargos del Ministerio de Interior durante el Gobierno de Mariano Rajoy por delitos relacionados con los casos del comisario jubilado y en prisión provisional José Manuel Villarejo, el 'Pequeño Nicolás' y la llamada 'guerra de comisarios'.

Según ha avanzado La Sexta, el caso parte de una querella presentada en septiembre de 2018 por Rubén Eladio López, antiguo 'número dos' de la Unidad de Asuntos Internos dirigida por Marcelino Martín Blas y ahora director de Emergencias y Coordinación y Gestión de Crisis del Ministerio de Fomento, por presunta corrupción en la cúpula policial.

López, de acuerdo con la citada televisión, apuntó a posibles delitos de acoso laboral, organización criminal y ocultación de pruebas, entre otros, supuestamente cometidos durante la época de Jorge Fernández Díaz y Juan Ignacio Zoido en Interior.

La Audiencia de Madrid, en un auto del 1 de febrero, ha estimado el recurso de apelación presentado por López y ha ordenado al Juzgado de Instrucción Número 49 "dar traslado de la querella a los querellados, dando así cumplimiento a la exigencia legal de que los investigados conozcan la existencia de un procedimiento contra los mismos y oírles en declaración".

El juzgado, en una decisión del pasado 12 de noviembre, se limitó a dar por presentado un escrito en el que López pedía que diera traslado efectivo de la imputación a los querellados, señalando que debido a la "complejidad" de la misma y a "la existencia de numerosos procedimientos judiciales a los que se hace referencia, se requiere una minuciosa delimitación de los hechos que son o han sido conocidos por otros juzgados" para evitar una "doble instrucción".

Así, acordó, "una vez recibidos los distintos testimonios de los varios juzgados", citar a López para "prestar declaración en calidad de perjudicado y para que concrete determinados extremos de la querella, haciéndosele el correspondiente ofrecimiento de acciones", y pidió dar traslado de su decisión al Ministerio Fiscal y las demás partes.

Para la Audiencia de Madrid, "no puede entenderse justificado en ningún caso que no se haya dado traslado de la querella a los querellados, pues no parece razonable que, bajo la alegación de concretar los hechos, hayan transcurrido más de dos años desde que se dictó por este tribunal el auto por el que se acordaba admitir a trámite la querella".

El juzgado de instrucción aludió en el auto recurrido, y ahora anulado, a "la paralización en la tramitación ocasionada por la especial situación sanitaria que dio lugar a la declaración del estado de alarma".