El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado, por falta de motivación, el cese del inspector jefe Bonifacio Díez Sevillano como agregado de Interior en la Embajada española en México, en una sentencia en la que ordena justificarlo a la Policía tras el recurso interpuesto por el investigado en el caso Villarejo.

En una sentencia adelantada este martes por el eldiario.es y a la que ha tenido acceso Efe, la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJM estima parcialmente el recurso de Díez Sevillano contra la resolución de la Dirección General de la Policía de 10 de abril de 2019, por la que se acordó su cese como agregado de Interior en la Embajada de México, días antes de su jubilación el 15 de mayo.

El fallo, de diciembre de 2020, anula esa resolución y ordena "que la Administración motive adecuadamente el acuerdo de cese en los términos expuestos en la presente sentencia", que expone la jurisprudencia del Tribunal Supremo que obliga a motivar los ceses de cargos de libre designación.

Recuerda la sentencia que el policía denunció falta de motivación en su cese, sufriendo así indefensión, y que la resolución fue dictada "por órgano manifiestamente incompetente", ya que su nombramiento y cese no correspondía a la Dirección General de la Policía sino a la Dirección General de Cooperación Policial Internacional. Por eso pedía que se le pagase la diferencia de salario que sufrió.

Por su parte la Abogacía del Estado pidió la desestimación del recurso del policía, alegando la discrecionalidad en el nombramiento y cese en puestos de libre designación, y considerando que la competencia para ello corresponde al director general de la Policía.

Los magistrados concluyen que, según ha defendido el Tribunal Supremo, hay que "concretar las exigencias de motivación del acto de cese de los funcionarios nombrados por el procedimiento de libre designación", detallando las razones que justifican el cese.

Y consideran que "en el presente caso, la motivación contenida en la resolución de cese es inexistente" y "no puede aceptarse como motivación bastante el cese en sí, tal y como parece entenderlo el abogado del Estado".

"Indudablemente, se le genera indefensión", añade el fallo, que sin embargo no declara nulo el cese directamente, sino que ordena al órgano administrativo que proceda a subsanar el defecto formal apreciado.

Bonifacio Díez declaró recientemente en el Congreso sobre el caso Kitchen, la supuesta operación de espionaje al extersorero del PP Luís Bárcenas orquestada por Interior en 2013 para destruir documentos comprometedores para el PP.

Lo hizo junto a José Ángel Fuentes Gago, ya que ambos mandos son considerados de confianza del exdirector adjunto operativo Eugenio Pino y están imputados en el procedimiento que se sigue en la Audiencia Nacional.