El Tribunal Supremo se pronunciará sobre lo que entiende que ha sido una "reinterpretación" por parte del Congreso de los Diputados de la condena de inhabilitación -sustituible por multa- que impuso al diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez por la agresión a un policía durante una manifestación celebrada antes de que éste entrara en política.

Así lo han señalado a EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, diario que pertenece a este grupo, Prensa Ibérica, fuentes del alto tribunal, en las que ha caído como un jarro de agua fría la la decisión de la Mesa del Congreso de permitir que Rodríguez conserve su acta, puesto que consideran que la pena tendría que haber tenido como consecuencia la pérdida del escaño. La respuesta, en todo caso, tratará de no ser tan contundente que pueda interpretarse como un choque institucional, según las mismas fuentes.

Concretamente, el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, se ha dirigido a la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, para que remita al Tribunal Supremo el informe sobre la fecha del inicio de cumplimiento de la pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo impuesta al diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez, con la finalidad de realizar la liquidación de su condena.

La Sala de lo Penal condenó a Rodríguez como autor de un delito de atentado a agentes de la autoridad, con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, a la pena de 1 mes y 15 días de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena. En su sentencia, acordó la sustitución de la pena de prisión por una de multa de 90 días con cuota diaria de 6 euros.

Tras solicitarse una aclaración al propio Tribunal Supremo, este martes se conoció el informe de los servicios jurídicos del Congreso, que consideran que el diputado puede permanecer en su escaño pese a la sentencia del Supremo por la sustitución de la pena de cárcel por una sanción. 

Es lo que esgrimen los letrados para plantear que la sentencia no debe tener efectos extra penales. De hecho, sostienen que la pena privativa de libertad, que sí hubiera conllevado que Rodríguez perdiera el escaño, no llegó "a nacer en ningún momento" al haber sido sustituida desde su origen por una sanción económica.

La decisión de la Mesa donde se valoró este informe no ha caído bien en la Sala de lo Penal, donde entienden que la propia sentencia y el auto de aclaración dejaban claro que la inhabilitación era consustancial por lo que han insistido en que están "atónitos", según una información adelantada por Europa Press por lo que representa la reinterpretación de una sentencia.

Desde el ala socialista apelan ahora a la prudencia y adelantan que la Mesa se pronunciará cuando llegue el requerimiento del Supremo. Fuentes del partido se desligan ahora del acuerdo tomado este martes de mantener el acta de Alberto Rodríguez, y asegura que no se tomó esa decisión, sino que únicamente se respondió a los escritos presentados por PP, CS y Vox que pedían la retirada de su condición de diputado. La respuesta vino de mano del informe de los letrados, que dio carpetazo a estas peticiones pero, según su versión, no hubo decisión activa por parte de la Mesa del Congreso.