El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 de Madrid ha condenado al Ayuntamiento de Madrid a disolver el Grupo Mixto, formado por cuatro concejales que abandonaron Más Madrid, y ordena que estos pasen a adquirir la consideración de ediles no adscritos.

La sentencia, fechada el 5 de mayo y a la que ha tenido acceso Efe este lunes, estima un recurso interpuesto por Más Madrid contra la resolución del 23 de agosto de 2021 del presidente del pleno, Borja Fanjul (PP), por la que a su vez desestimó el recurso de reposición del grupo que lidera Rita Maestre contra la resolución por la que, el 5 de abril de 2021, se declaró constituido el Grupo Mixto.

Este mismo juzgado había desestimado previamente un recurso de Vox que perseguía igualmente la disolución del Grupo Mixto, integrado originalmente por Marta Higueras, Luis Cueto, José Manuel Calvo y Felipe Llamas, todos ellos miembros en su día del Gobierno municipal de Manuela Carmena y que decidieron salir de Más Madrid por desavenencias con la dirección de Maestre, creando las siglas Recupera Madrid.

Contra la sentencia cabe recurso de apelación, y fuentes del Grupo Mixto ya han manifestado a Efe su intención de apelar el fallo de la jueza Carmen Casado, mientras que desde el Ayuntamiento han trasladado que van a estudiar "detenidamente" la sentencia antes de pronunciarse al respecto.

En su recurso, Más Madrid había esgrimido que la creación del Grupo Mixto fue "indebida" y que sus miembros deberían tener la consideración de concejales no adscritos, como establece la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL) para los concejales que abandonen su grupo de procedencia, aunque esto "no será de aplicación en el caso de candidaturas presentadas como coalición electoral, cuando alguno de los partidos políticos que la integren decida abandonarla".

El Ayuntamiento, como parte demandada, argumentó que Más Madrid era una coalición electoral, de modo que la creación del Grupo Mixto era la opción que daba "perfecta respuesta" a la situación de los ediles que abandonaron Más Madrid.

Y los propios concejales del Grupo Mixto, como parte codemandada, subrayaron este mismo argumento, añadiendo que "ninguno de los miembros de la candidatura estaban afiliados" a Más Madrid y que este "carecía de afiliados y de censo".

Para la jueza, Más Madrid era un partido

La jueza coincide en señalar que la "cuestión nuclear" del asunto es "la naturaleza política y electoral" con que Más Madrid concurrió a las elecciones municipales de 2019.

Apunta al respecto que de la Certificación de la Subdirección General de Política Interior y Procesos Electorales del Ministerio del Interior se extrae que, a 7 de febrero de 2019, Más Madrid se había ya constituido como partido político, concurriendo como tal a las elecciones de mayo.

La togada concluye que Más Madrid fue a las elecciones como partido político y que resulta "inaplicable" la excepción que recoge la LRBRL respecto a las coaliciones electorales, por lo que condena al Ayuntamiento a disolver el Grupo Mixto, declarando que los citados concejales adquieran la consideración de miembros no adscritos, e impone las costas procesales al Consistorio y a los cuatro ediles codemandados.

El fallo no se pronuncia sobre el caso particular de Felipe Llamas, que en diciembre de 2021, con el Grupo Mixto ya constituido, dimitió como edil por no estar de acuerdo con el pacto presupuestario de sus compañeros con el Gobierno municipal, de modo que su escaño pasó al siguiente integrante de la lista electoral de Más Madrid.

"La sentencia es contundente", ha subrayado Rita Maestre en declaraciones remitidas a los medios, al tiempo que acusa a Almeida de formar "este grupo ilegal, sabiendo que era una ilegalidad", y con la intención de que "sirviera a sus intereses", como demostró el apoyo del Grupo Mixto a la nueva ordenanza de movilidad sostenible o a la reforma de la ordenanza de terrazas, sustituyendo en ambos casos a Vox como socio preferente del Gobierno bipartito del PP y Cs.