La interceptación de las comunicaciones de 18 independentistas ordenada por el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) se hizo con arreglo a la ley. O sea, con la preceptiva autorización del juez. Lo afirma con rotundidad el Defensor del Pueblo que, sin embargo, concluye que es "deseable" que de cara al futuro se abra una "reflexión" sobre la suficiencia o insuficiencia del control judicial previsto. Es decir, la institución que dirige el exministro socialista Ángel Gabilondo dispone una plataforma de aterrizaje idónea para el Ejecutivo, al señalarle el camino de una modificación de la ley que regula los servicios secretos en una línea, además, semejante a la que plantea el PNV. El presidente, Pedro Sánchez, ya aseguraba este miércoles en el pleno del Congreso que estaba dispuesto a estudiar un refuerzo de las garantías judiciales del CNI.

El Defensor firma este 18 de mayo el informe con las conclusiones de la investigación que abrió de oficio para comprobar si el espionaje a dirigentes y activistas independentistas mediante el 'spyware' Pegasus —descubierto por el grupo de expertos canadiense Citizen Lab— se hizo con "pleno respeto a las garantías establecidas en la Constitución y en el resto del ordenamiento jurídico". Su análisis es que sí se actuó correctamente. Valoración que emite después de que él mismo o personal de la institución acudiera a la sede del CNI los días 26 y 29 de abril, 3, 5 y 6 de mayo, visitas en las que pudo examinar documentación clasificada, recibir información verbal complementaria y formular preguntas a funcionarios del CNI. Además, el 10 de mayo el Defensor recibió respuesta escrita de la hasta entonces secretaria de Estado directora de los servicios de inteligencia, Paz Esteban, destituida por el Consejo de Ministros ese mismo día.

A la vista de toda esa documentación, Gabilondo sanciona que el CNI "ha actuado con respeto" a lo dispuesto en el artículo 18.3 de la Constitución, el artículo 12 de la ley que regula el CNI y el artículo único de la ley orgánica que establece el control judicial previo del organismo. Es decir, que se ha cumplido la obligación de que los funcionarios de los servicios secretos pidieran autorización al magistrado del Tribunal Supremo para intervenir las comunicaciones de 18 dirigentes independentistas. El Defensor hace referencia a esa cifra, 18 espiados, que fue la que se filtró de la comisión de secretos oficiales del Congreso.

Autos "extensamente motivados"

La institución señala que los autos del magistrado del Supremo encargado de la autorización judicial previa, Pablo Lucas, estaban "extensamente motivados, esencialmente fundados en hechos concretos" y las intervenciones de las comunicaciones autorizadas "en todos los casos examinados". El juez disponía de "un elevado grado de detalle de la información" para poder adoptar su decisión. Y ese magistrado "decide tras recibir información precisa sobre los hechos que justifican la petición, fines que la motivan, razones que la aconsejan, personas afectadas y duración, de tres meses como máximo", aunque puede ser prorrogada. No se especifica el medio con el que se procedió a la escucha (es decir, si se empleó el programa de fabricación israelí Pegasus).

El Defensor también pudo constatar que en el CNI hay normativa interna para la "dirección, coordinación, tramitación y valoración de la actividad operativa" que requiere de unos "procedimientos o medios especiales para la obtención de información". Asimismo pudo examinar la normativa del centro para "el análisis del funcionamiento del procedimiento conducente a las autorizaciones judiciales previas".

El informe del alto comisionado de las Cortes Generales, en su parte final, subraya la "transparencia" que ha encontrado en el CNI, las "facilidades" que ha tenido para hacer su investigación de oficio y también la "disponibilidad" de colaboración que encontró en la cesada Paz Esteban. Colaboración total, por cierto, que ya ofreció el ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, cuando ofreció un paquete de medidas a la 'consellera' Laura Vilagrà en su reunión en Barcelona del pasado 24 de abril. Gabilondo ha encontrado un "elenco de controles muy significativo" del CNI, sobre todo tras la aprobación de la ley de 2002 que alumbró el nuevo organismo y acabó con el antiguo Cesid.

El exministro recuerda que los servicios de inteligencia "son parte y están al servicio del Estado" y la intervención de las comunicaciones es posible siempre que se haga dentro de la ley. Las escuchas, recuerda, no se hacen por motivaciones ideológicas (es decir, que no se espía a nadie por sus ideas), sino que lo que se persigue es "lo que se haga en forma no democrática, con violencia y/o en contra de los derechos de otros muchos ciudadanos y del Estado mismo". Y es la "principal misión" del CNI, advierte, velar por la integridad territorial del país, los intereses nacionales y la estabilidad del Estado de derecho y de sus instituciones.

Los cambios en 20 años

De este modo, señala, el debate ha de ceñirse a "la suficiencia o insuficiencia de los controles", porque la interceptación de las comunicaciones está prevista en la Constitución si hay control judicial. El control parlamentario, por otro lado, se ejerce a través de la comisión de secretos oficiales del Congreso, que no se constituyó en esta legislatura hasta el pasado 28 de abril. Que no se formara el órgano era una "anomalía".

El Defensor abre un debate, por tanto, sobre si hay que reforzar el control judicial previo, aunque ha probado su "correcto funcionamiento en los casos analizados". "Los veinte años transcurridos —se dice en el informe—, la impresionante evolución tecnológica de las últimas dos décadas (lo que incluye sistemas como el 'spyware' Pegasus, los cambios que vendrán en un futuro próximo, la aceleración de las tecnologías de la comunicación y la información, en fin, deben conducir a abrir una reflexión sobre la suficiencia o insuficiencia del control judicial existente, ahora y en lo por venir. La interceptación de las comunicaciones no significa lo mismo en 2022 que en 2002, ni significará lo mismo en unos pocos años".

Gabilondo indica que no es su función proponer fórmulas concretas, que debieran conformarse a través de "mayorías muy amplias, al tratarse de verdaderas cuestiones de Estado". Pero sí considera que "debieran explorarse las posibilidades de perfeccionamiento del control judicial". Habría de tenerse en cuenta, indica, lo que dicen los expertos en cuestiones de inteligencia y seguridad, las "preocupaciones" de algunos ciudadanos y organizaciones y las consideraciones que pueda formular el Parlamento Europeo sobre el programa Pegasus (allí está en marcha una comisión de investigación).

Asimismo, considera que la "apertura cada vez mayor del CNI a la sociedad", los programas conjuntos con distintas universidades y el "elevado potencial crítico (y autocrítico) de sus profesionales garantizan la configuración de un acervo de ideas que permitiría delimitar lo que es prudente y eficaz (y lo que no)".