La Fiscalía Anticorrupción se opone a que el Ayuntamiento de València se persone como acusación particular en el caso Azud, que investiga la presunta trama de mordidas y amaños en el consistorio del Cap i Casal, supuestamente orquestada por el exvicealcalde de València, Alfonso Grau, en supuesta connivencia con el empresario Jaime Febrer, el cuñado de la exalcaldesa de València, Rita Barberá y que también acabó salpicando al portavoz del PSPV, Rafael Rubio. El representante del Ministerio Público plantea su postura en un escrito presentado ante el Juzgado de Instrucción 13 de València en el que pide que la jueza instructora se oponga a la personación del Ayuntamiento de València al entender que ni antes del levantamiento de secreto de sumario ni ahora "existe un daño o perjuicio particular" a la corporación más allá de la investigación, entre otros, a altos funcionarios de la entidad que han lesionado y perjudicado "el interés general y erosionado" la confianza en las instituciones, sirviéndose de su cargo para su propio beneficio, según en el escrito presentado por el Fiscal Anticorrupción del caso Azud.

El escrito de la Fiscalía, fechado el pasado 22 de mayo, alude a jurisprudencia del Tribunal Supremo para advertir que el hecho de permitir la personación como acusadores populares a administraciones públicas "puede llevar a un grave riesgo de hipertrofia acusatoria" además de la "evidente ralentización del ya de por sí parsimonioso proceso penal". El consistorio solicitó personarse cuando la causa estaba secreta, aunque su petición se rechazó debido al secreto de actuaciones para las partes, que se levantó el pasado mes de abril. Una vez las defensas de los más de 60 acusados han conocido el detalle de las pesquisas que se iniciaron en 2017, inicialmente contra el abogado José María Corbín, el Ayuntamiento de València ha vuelto a insistir en varios escritos su petición de personación y con diferentes argumentos en los que, según el ministerio público, en ninguno fundamenta o sustenta su petición.

Para el fiscal, el consistorio incurre en un error de concepto al considerar o hablar de personación en el proceso penal para ejercer la defensa de los intereses públicos encomendados por la ley a la administración local. Un argumento que la Fiscalía Anticorrupción considera que no es cierto puesto que, según insiste el representante del ministerio público, la Constitución le atribuye a él en exclusiva la función de tutela del interés público y de los derechos de los ciudadanos. Por consiguiente, señala, el Ayuntamiento de València "defenderá en todo caso los intereses particulares de la corporación" y es "ocioso" indicar los supuestos en los que los ciudadanos, como acusación popular o ejerciendo una demanda colectiva, demandan bien al Estado o bien a cualquier ente público una determinada pretensión, como igualmente hace el fiscal en defensa de ese interés público".

En la causa también ha solicitado personarse la asociación Acción Cívica contra la corrupción, que ejerce la acusación en otras causas como Taula, Alquería o el caso IVAM, a la que los responsables del caso Azud aún no han dado respuesta.