Con la rebaja aplicada este martes por el Tribunal Supremo en el caso Arandina -que impone 9 años de prisión a los dos exfutbolistas condenados por la agresión sexual a una menor en vez de los 10 que hubieran correspondido sin la ley "sólo sí es sí"- son ya 40 los procedimientos por violencia sexual en los que se han aplicado beneficios a los condenados tras la entrada en vigor de la norma el pasado 7 de octubre. 

Según una revisión de todos los asuntos realizada por Europa Press, por el momento se han realizado 36 revisiones a la baja y se han dictado 4 sentencias en aplicación de la reforma Penal operada por la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual. Además, 10 personas han sido excarceladas.

Por lo que se refiere al Tribunal Supremo, el caso Arandina es el primero que le ha permitido posicionarse sobre este asunto. Paradójicamente, los condenados pasarán más tiempo en prision, pues las penas se incrementan notablemente al suprimir el alto tribunal la atenuante de cercanía de edad con la víctima que les aplicó en su día el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL). EN todo caso, sin la ley impulsada por Irene Montero la condena habría sido de un año más de cárcel.

En este caso, el alto tribunal empieza arrojar luz al incidir en que las modificaciones que introduce la nueva ley en la horquilla de penas para este tipo de delitos contra la libertad sexual. Afirma que "podrá aplicarse en beneficio del reo cuando se fije ahora pena inferior en aquellos supuestos en los que así proceda, pero analizando caso por caso, y no de forma global, tanto en asuntos pendientes de juicio, recursos de apelación y casación y en ejecutorias penales".

Las últimas rebajas que han trascendido han sido dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia y por la Audiencia Provincial de Cantabria. En el caso gallego, los jueces han rebajado de 8 a 6 años la condena impuesta a un hombre por agredir sexualmente a una menor de edad a la que había conocido a través de Instagram.

Este caso se suma a otros dos que se dieron a conocer la semana pasada en Galicia. Una de la Audiencia de Ourense, donde han revisado una condena impuesta a un hombre por un intento de agresión sexual con acceso carnal y han rebajado la pena de 3 años y 6 meses de prisión a 2 años y 6 meses y han acordado su puesta en libertad. Y otra del TSJ de Galicia, donde han rebajado en dos años la pena de prisión impuesta a un hombre que violó en Cambre a una mujer a la que conoció por la red social Tinder.

La mayor rebaja, en Cantabria

En el caso cántabro, se ha dado a conocer este lunes que se han rebajado en 7 años las penas de prisión impuestas en 2020 a dos condenados por agredir sexualmente a una joven en un hostal de Santander. Así, han pasado de una condena de 18 años de prisión a 11 años, la mayor rebaja hasta el momento. Estos dos casos se suman a un tercero del que ya había informado la Audiencia de Cantabria, en el que se rebajó de 5 a 2 años de prisión la pena a un hombre que agredió sexualmente a una mujer.

Entre las revisiones de sentencia y rebajas de pena, por el momento se contabilizan 20 en Madrid, tres en Cantabria, tres en Galicia, dos en Baleares, dos en Castilla y León, uno en Andalucía, uno en Asturias, uno en Castilla-La Mancha, uno en Murcia y uno en Canarias. 10 de estos 35 casos han conllevado la excarcelación de condenados: seis de Madrid, dos de Baleares, uno de Galicia, y uno de Cantabria. Sobre las nuevas sentencias dictadas tras la reforman explican que el TSJ de Galicia ha aplicado en un caso las nuevas penas, que en la Audiencia Provincial de León se han aplicado en dos y que en la Audiencia Provincial de Barcelona ha aplicado en uno.

En sus resoluciones, los magistrados han indicado que estos casos responden a la aplicación de la nueva ley. Y han precisado que aunque la normativa no aclara si debe ser o no aplicada a procedimientos en trámite o con sentencia firme, el propio Código Penal indica que "tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo". El de casos en los que se aplican las rebajas podrían verse incrementados en los próximos días ante las revisiones pendientes.

Primera semana

La semana pasada, las Audiencias Provinciales de la Comunitat Valenciana indicaron que están revisando, de oficio o a instancia de parte, más de 100 sentencias por delitos contra la libertad sexual tras la entrada en vigor de la ley, según los datos facilitados por el Tribunal Superior de Justicia autonómico. Por su parte, las tres Audiencias Provinciales de Euskadi ya han recibido al menos 10 peticiones de revisiones de condenas por delitos sexuales, si bien ha apuntado que no hay ningún fallo.

En Madrid, cuentan con 447 causas por abusos y agresiones sexuales condenatorias firmes, con condenado ingresado en prisión, susceptibles de revisión tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022. De estas causas, y de oficio, los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid comenzaron ya la semana pasada ya la revisión de 121. A instancia de parte, se tramita la revisión de 55.

Entre los casos de reducción de condena que ha podido confirmar la agencia consta también que la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha rebajado de 10 a 9 años la condena impuesta al autor de un delito de abuso sexual sin prevalimiento.

Por otra parte, el TSJ de Murcia ha ratificado una condena a un acusado por una tentativa de agresión sexual a una mujer de 2020. El tribunal, sin embargo, ha modificado la pena impuesta porque resulta "más favorable" para el reo aplicar la 'ley del solo sí es sí'. Así, ha rebajado la pena de 4 años y 6 meses a 3 años y 1 día de prisión. Al margen, la Audiencia de Baleares ha ordenado la excarcelación inmediata de dos presos que cumplían una pena de tres años de prisión por dos agresiones sexuales sin penetración tras revisar los dos casos.

Andalucía, Asturias, Castilla y León y Castilla-La Mancha

En Castilla y León, en la Audiencia de Segovia, se han revisado cuatro sentencias ejecutorias sobre delitos sexuales y se ha modificado una de ellas. En este caso, se ha rebajado la pena de 12 años a 9 años de prisión. Por su parte, la Audiencia de Valladolid ha reducido la condena de 12 a 10 años de prisión al responsable de una agresión sexual a una menor de 16 años.

Además, consta que el TSJ de Andalucía ha desestimado un recurso de apelación y aunque ha confirmado la sentencia -"por aplicación retroactiva de la norma vigente"- ha rebajado la pena de prisión. Así, ha pasado de 13 años, 6 meses y 1 día a 11 años y 1 día. A la lista se suma el caso del TSJ de Castilla-La Mancha, que ha rebajado la condena de un hombre que agredió sexualmente a una mujer en Ciudad Real. Así, ha pasado de tener que cumplir 9 años prisión a 8. La Fiscalía ya ha avisado que recurrirá esta decisión. Al margen, el TSJ de Asturias ha rebajado de 10 a 9 años de prisión la pena a un hombre acusado de abusos sexuales a menor de 16 años.