ELECCIONES AUTONÓMICAS Y MUNICIPALES

El Tribunal de Cuentas extrema el control sobre los partidos el 28-M: pide detallar los mítines y el gasto en 'mailing'

Una nueva instrucción exige más información y documentación sobre los actos y el envío de propaganda electoral para fiscalizar su financiación

Papeletas electorales en una mesa de un centro votación en Pamplona en las elecciones de 2019.

Papeletas electorales en una mesa de un centro votación en Pamplona en las elecciones de 2019. / Jesús Diges

Marisol Hernández

El Tribunal de Cuentas endurece el control sobre los partidos con una nueva instrucción para las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo, que exige documentar mejor los gastos. Las formaciones están ahora obligadas a presentar una memoria con todos los actos y mítines realizados durante la campaña y a detallar en otro informe, de manera pormenorizada, el envío de propaganda electoral. Desde qué incluyen en los sobres, hasta la relación de empresas encargadas de su confección y distribución, las facturas justificativas de todos los costes y el destino de los envíos por circunscripciones.

Todas estas exigencias pretenden, según fuentes de la institución, "tener un control más exhaustivo de qué se hace y cómo se utiliza el dinero". Los presupuestos de 2023 incluyen una partida de 56,06 millones de euros para subvencionar los gastos electorales, tanto del 28-M como de las generales previstas para diciembre, que se suman a las ayudas para los comicios en cada región. Las nuevas medidas han sido acordadas con los organismos de control externo de ámbito autonómico aunque corresponde al Tribunal de Cuentas fijar los criterios de fiscalización de la contabilidad electoral. En las comunidades en las que no existe un ente propio -Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Región de Murcia y La Rioja- será la institución central quien se ocupará de inspeccionar la contabilidad.

En los informes sobre los gastos electorales en estas autonomías que el Tribunal de Cuentas hizo en 2019 ya se recogieron toda una serie de recomendaciones que, cuatro años después, mantienen su vigencia. Ya entonces consideraba conveniente evaluar la "eficiencia material y económica de las fórmulas actuales de envío directo y personal a los electores de sobres y papeletas o de propaganda electoral". Y pedía que el diseño e implantación de de un "procedimiento más acorde con el actual desarrollo de los medios y técnicas de información que garanticen la ejecución y permitan la reducción de fondos públicos destinados a su financiación". Durante este tiempo no se ha producido ni un solo avance. Los partidos políticos argumentan que, según la ley electoral, es el modo de llamar al voto y a la participación.

Donaciones privadas

El Tribunal de Cuentas también ha demandado que las donaciones privadas realizadas desde que se convoca las elecciones hasta que concluye la campaña, se entiendan "dirigidas a financiar dicha campaña" y, por tanto, objeto de un control mayor. O que en la financiación por microcréditos se establezca una cuantía máxima por prestamista que no exceda del límite previsto en la normativa electoral para las aportaciones privadas (10.000 euros) y la devolución no exceda de un año natural a partir de la fecha de las elecciones. También que pueda preverse a renuncia a que le sea reingresado el dinero pero haciéndolo constar por escrito y considerando esa cuantía desde ese momento como una donación.

Las donaciones son un capítulo excesivamente oscuro en la contabilidad electoral, según el Tribunal de Cuentas, que ha reclamado la prohibición que las personas jurídicas puedan dar dinero, igual que no pueden financiar directamente a los partidos. La ley favorece dos tipos de aportaciones privadas distintas a las formaciones políticas. Una, de carácter anual, para contribuir a su financiación, por parte de personas físicas, que no puede exceder de 50.000 euros. Y otra por cada cita electoral, de como máximo 10.000 euros, que pueden realizar personas físicas y jurídicas.

El 28 de mayo se celebran elecciones en Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Illes Balears, Comunidad de Madrid, Comunitat Valenciana, Murcia, Navarra, La Rioja, en las asambleas de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla y en más de 8.000 ayuntamientos.