Caso Koldo

Koldo García pide a la Audiencia Nacional que le devuelva la moto para poder ir a trabajar y llevar a su hija a clase

En un escrito de su defensa, se explica que fue en febrero de 2024 cuando el Juzgado Central de Instrucción número 2 acordó "la prohibición absoluta de vender, gravar, obligar o enajenar" respecto de determinados vehículos de la pareja

Archivo - El exasesor del exministro José Luis Ábalos, Koldo García, a su salida de la Audiencia Nacional, a 22 de febrero de 2024, en Madrid (España). El exasesor del exministro José Luis Ábalos, Koldo García, se ha acogido a su derecho a no declarar ant

Archivo - El exasesor del exministro José Luis Ábalos, Koldo García, a su salida de la Audiencia Nacional, a 22 de febrero de 2024, en Madrid (España). El exasesor del exministro José Luis Ábalos, Koldo García, se ha acogido a su derecho a no declarar ant / Ricardo Rubio - Europa Press - Archivo

EP

Koldo García, quien fuera asesor del exministro José Luis Ábalos, ha recurrido ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional la decisión del juez instructor del 'caso Koldo' de no devolverle para su uso la motocicleta de la marca Suzuki y el vehículo propiedad de su mujer, un crossover modelo Kia Niro.

En un escrito de su defensa, al que ha tenido acceso Europa Press, se explica que fue en febrero de 2024 cuando el Juzgado Central de Instrucción número 2 acordó "la prohibición absoluta de vender, gravar, obligar o enajenar" respecto de determinados vehículos de la pareja. Y ahora, para tratar de que la Sala de lo Penal rectifique esta decisión del juez, recuerda que estos "son los medios de transporte de que disponen (...) para su día a día, esto es para poder trasladarse a sus trabajos, así como para poder llevar y recoger a su hija de cuatro años al colegio".

"No podemos compartir la extrema dureza que supone para nuestros representados privarles de todo medio de transporte para su quehacer diario y poder continuar con sus labores profesionales, y, sobre todo, para permitir que la hija de mis patrocinados pueda seguir acudiendo al colegio y a sus actividades extraescolares", apunta.

En este sentido, entiende la defensa que se puede mantener la prohibición de vender o enajenar esos bienes pero al mismo tiempo permitir la utilización de los mismos. Esto, a su juicio no supone "sino respetar la finalidad que se persigue con la medida cautelar, pues existiendo el bien, siempre podrá responder a las eventuales responsabilidades pecuniarias que pudieran en el futuro recaer".

Cabe recordar que en esta causa, el magistrado Ismael Moreno investiga a siete personas por pertenecer a una presunta trama que habría pagado comisiones para conseguir adjudicaciones para la venta de mascarillas en la pandemia.

La Fiscalía Anticorrupción les atribuye a todos presuntos delitos de organización criminal, blanqueo de capitales, cohecho, delitos contra la Hacienda Pública y tráfico de influencias. En total, están bajo la lupa ocho contratos adjudicados por distintos entes de la Administración Pública con un importe global de 51.998.434 euros.