VIOLENCIA MACHISTA
La Fiscalía, preocupada por la reforma que obliga a las mujeres a declarar contra sus maltratadores: "Puede volverse en su contra"
"Da impunidad al agresor y desprotege a la víctima", dice Beatriz Uriarte, abogada especializada en violencia de género
Una de cada diez pide no declarar en el juicio contra su presunto agresor

Según la Fiscalía, en 2023 hubo 59 feminicidios y 66 hechos graves de violencia de género / EFE

En el arranque del nuevo año judicial, los fiscales han manifestado su preocupación con los efectos que está teniendo una reciente reforma de la Ley de Enjuiciamento Criminal que impide a las mujeres víctimas de violencia de género acogerse a la dispensa de no declarar contra sus presuntos maltratadores. Hombres con los que, en muchos casos, siguen conviviendo, a los que es muy posible que tengan miedo y que, incluso, pueden coaccionarlas para que mientan a su favor durante el juicio.
"Nos encontramos ante la paradójica tesitura de que una reforma legal realizada con el objeto de otorgar protección a las víctimas erradicando los espacios de impunidad [del agresor] derivados de la dispensa, puede volverse en su contra", explica la Fiscalía en su memoria de lo que se vivió en los tribunales españoles en 2023.
La reforma del artículo 416 de la LECRIM, que entró en vigor en junio de 2021—es decir, un año antes de la llamada Ley del 'Solo sí es sí'—, pretendía evitar que "el silencio de la víctima o de los principales testigos" en el juicio impidiese que se pudiera llegar a condenar al agresor.
"La declaración de la mujer o de sus parientes es, en muchos casos, la única prueba de la que disponemos", explica a este periódico la abogada especializada en violencia de género Beatriz Uriarte que apunta no solo a las lagunas de la reforma legal, sino también a la jurisprudencia que se ha dictado para intentar atajar el problema. "Es contradictoria y no ha conseguido nada más allá de crear zigzagueos jurídicos que nos llevan a un callejón sin salida".
El riesgo de "revictimizar"
En ese sentido, y como ejemplo de la complicación que existe a la hora de abordar el tema, desde la Fiscalía explican que, cuando las víctimas o los testigos pueden acogerse a la dispensa porque no han formado parte de la acusación, el hacerlo se convierte en "el principal motivo de sobreseimiento de la causa o del fallo", mientras que, cuando se les impide negarse, eso lleva a un aumento de "sentencias de conformidad". En ambos casos, el beneficiado es el presunto maltratador.
Pero, ¿por qué, según datos publicados por el Consejo General del Poder Judicial, una de cada diez víctimas de violencia de género sigue pidiendo acogerse a la dispensa a no declarar contra sus presuntos agresores? La Fiscalía pide que no se lleven a cabo "interrogatorios revictimizantes" y que se "entienda que detrás de estos comportamientos muchas veces subyace el temor a su agresor, la presión de su entorno o la dependencia emocional" que persiste incluso en ese momento.

Beatriz Uriarte, abogada especializada en violencia de género del despacho Ospina Abogados / EPE
"Es normal que los fiscales, e incluso los jueces, estén preocupados. Es posible que forzar a la víctima a que declare cuando puede que siga viviendo con su agresor o que este la siga coaccionando le lleve incluso a mentir", sostiene Uriarte, socia del despacho Ospina Abogados. "Estamos colocando al agresor en una situación de impunidad y a la víctima, lejos de protegerla, en una de desprotección tal que podría incluso cometer un delito de falso testimonio".
Un punto de vista con el que coinciden desde la Fiscalía, que apunta a que cuando se le dice a las víctimas que no pueden acogerse a la dispensa "se muestran reticentes, responden de forma inconcreta, vaga u olvidadiza, incurren en contradicciones, e, incluso, en varios casos llegan a autoinculparse de los hechos, argumentando que no se le entendió bien, que no se encontraba bien psicológica o anímicamente y que realmente la culpable de lo acontecido fue ella".
De hecho, el riesgo es tal que algunas fiscalías han dado la voz de alarma porque, cuando una madre con hijos menores no declara, "se da cuenta a la sección de menores y a los Servicios Sociales para que efectúen un seguimiento del núcleo familiar y de los niños". "Salvo en casos de flagrante falta a la verdad", dice el Ministerio Público, la valoración de los testimonios no deberían hacerse hasta después de la sentencia y una vez que se tengan en cuenta todas las circunstanias de la víctima.
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