Es un hecho de gran importancia que el Consell decida confeccionar un plan metropolitano que estudie el territorio comprendido entre las ciudades de Elche y Alicante. Aunque ya existió un intento hace años

-recordemos al PATEMAE- que no logró llegar a buen puerto. Dedicaré a este tema algún artículo conforme se vayan generando las propuestas correspondientes, ya que hoy solo existe un documento inicial de poco contenido. Pero para iniciarnos en lo que supone un plan territorial metropolitano de estas características repasemos cual ha sido la génesis del planeamiento moderno y su vinculación con los ayuntamientos.

El urbanismo actual se situó desde sus orígenes en una encrucijada al generar dudas sobre si los planes de crecimiento urbano debían ser realizados por los ayuntamientos o en las grandes ciudades era oportuno que interviniera el Ministerio de Fomento. Una junta ministerial debía aprobar siempre el resultado final, pero nos encontramos con que ante el Ensanche de Barcelona -el primer y mejor plan de crecimiento urbano- se propuso una redacción por el propio ministerio de espaldas al Ayuntamiento. Y aunque el Ayuntamiento de Barcelona realizó un concurso, el Gobierno de Madrid se empecinó en realizar el plan del ingeniero Ildefonso Cerdá. Hoy el ensanche Cerdá está considerado como el punto de partida del urbanismo moderno; pero debemos reconocer que en su momento fue impuesto a Barcelona por el Gobierno central.

El urbanismo español generó en las grandes ciudades una situación en la que el crecimiento a través del ensanche quedaba regulado, si bien en el extrarradio imperaba la anarquía. La Ley concebida por Núñez Granés sobre ordenación de territorios más allá de los límites municipales fue rechazada en Cortes. Por el contrario, el Estatuto Municipal de 1924, redactado bajo la dictadura de Primo, tuvo una médula municipalista y vino a sancionar la atribución a los ayuntamientos de competencias en obras de ensanche. Y sobre todo dio facultades para elaborar los llamados «Planos de Influencia». Pero fue durante el franquismo cuando apareció la Ley del Suelo de 1956 que sigue sirviendo de guía para el urbanismo actual. En dicha ley se estableció la competencia municipal para formular planes generales, pero, a su vez, se instauraba un principio de planeamiento «en cascada» que se concretaba en la redacción de una serie de planes territoriales. Estos planes eran jerárquicos y descenderían desde un quimérico plan nacional, a los provinciales, territoriales y municipales. No llegó a cristalizar esta propuesta porque no hubo apenas planeamiento territorial. Sin embargo, las grandes capitales sí transfirieron (gracias a una legislación propia) sus competencias urbanísticas a órganos metropolitanos de carácter técnico. Estos organismos tratarían de establecer un planeamiento racional, coordinando el crecimiento entre los distintos municipios que componían el área metropolitana.

Hay que decir que la democracia no fue buena para la disciplina llamada «Ordenación del Territorio». Las competencias sobre el tema pasaron nominalmente a las autonomías, pero el Gobierno central se reservó la capacidad de planear aquellas infraestructuras de ámbito nacional. Se provocó entonces el contrasentido actual, en el que una autonomía como la valenciana es competente en ordenación territorial pero no tiene atribuidas competencias en puertos, aeropuertos, ferrocarriles, autopistas y carreteras que la atraviesan. Esto conduce a la necesidad de elaborar un planeamiento territorial desde un organismo que no puede actuar sobre sus grandes infraestructuras. ¿Para qué elaborar, por tanto, un plan en el que el organismo redactor carece de prerrogativas legales para implementar la estructura territorial de lo proyectado?

Además, el propio contenido del planeamiento territorial está inspirado en una estructura jerárquica del territorio, heredada del viejo urbanismo, que hoy resulta difícilmente justificable. Podemos decir que el planeamiento, sacado de las viejas leyes del suelo, no se adapta con facilidad a la nueva realidad de la democracia municipal que resulta compleja y trasversal. Se nos hace necesario pensar que un plan de este tipo abre la puerta a la posible intervención de la Conselleria en la clasificación o desclasificación de suelo de los distintos municipios.

Como conclusión podemos decir que la redacción de un PAT metropolitano de las características propuestas hace imprescindible la actuación y coordinación de los ayuntamientos afectados, y sobre todo los de Elche y Alicante. Este conjunto de ayuntamientos no pueden convertirse en un convidado de piedra, invitado exclusivamente a los postres para redactar su pliego de alegaciones a un plan redactado desde Valencia.