El pasado 5 de diciembre de 2018 entró en vigor, sólo para funcionarios, la ampliación progresiva del permiso de paternidad a 16 semanas, igualando así los permisos de madres y padres.

En el Boletín Oficial de Estado (BOE), donde se publicó la norma, se recogía el calendario progresivo para que los trabajadores del sector público vieran aumentado su permiso de paternidad. Esta decía que: «para el año 2019, el permiso quedaba ampliado a 8 semanas. Para 2020, este permiso pasaría a ser de 12 semanas y para 2021, llegaría ya a las 16 semanas a las que tienen derecho las madres». Esto era un avance de lo que en breve ocurriría para el resto de los trabajadores y que rápidamente ha llegado: el viernes 1 de marzo fue aprobada por parte del Gobierno la medida y publicada la reforma de dichos permisos en el BOE del 7 de marzo de 2019.

Este Real Decreto-Ley viene a consagrar un nuevo modelo de permisos que irá poniéndose en marcha poco a poco hasta el 2021, año en el que culminará la reforma y se igualará el permiso de paternidad al de maternidad en 16 semanas. Así, todos los empleados que sean padres a partir del día 1 de abril de 2019, fecha de entrada en vigor de esta norma, verán ya incrementada su prestación para este año y podrán disfrutar de 8 semanas. La reforma aumenta de manera progresiva y los trabajadores que sean padres en 2020, se beneficiarán de una nueva ampliación, pudiendo disfrutar hasta de 12 semanas. La distribución del tiempo del permiso es flexible, pues permite coger unas semanas obligatorias e inmediatamente posteriores al parto o la adopción y disfrutar las restantes a lo largo del primer año de vida del bebé.

En el año 2021, la equiparación de permisos entre el padre y la madre será una realidad, la reforma habrá concluido y estos derechos pasarán a ser individuales, es decir, intransferibles entre los progenitores.

El permiso de paternidad viene evolucionando favorablemente desde que en el año 2007 se aprobara la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la consecución de la igualdad efectiva de hombres y mujeres. En ella, se incluía por primera vez el permiso por paternidad como medida de apoyo a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. La considerada por la propia Ley como «la medida más innovadora para favorecer la conciliación» fue el permiso de paternidad de 13 días de duración, ampliable en caso de parto múltiple en dos días más por cada hijo/a a partir del segundo, siendo extensible, además, para los casos de adopción o acogimiento. Este nuevo permiso venía a sumarse al ya por entonces reconocido en el Estatuto de los Trabajadores como permiso retribuido por parte de la empresa, por el que el padre podía disfrutar de dos días en el caso de nacimiento de hijo/a y, para el caso de que se necesitara el desplazamiento al efecto, se ampliaba hasta cuatro días, estableciéndose además por parte de algunos convenios colectivos mejoras al mismo.

Esta Ley ya incluyó también una disposición transitoria para que el Gobierno ampliara de forma progresiva y gradual la duración del permiso de paternidad, fijando como objetivo 4 semanas, trascurridos seis años desde la entrada en vigor de la misma. Y así, el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2014 preveía que el día 1 de enero de 2015 entrara en vigor esta modificación. Pero no prosperó, posponiéndose hasta el 1 de enero de 2016, año en el que quedó nuevamente suspendido a la vista de la situación económica imperante en aquellas fechas.

Fue el 1 de enero de 2017 cuando, por fin, la ampliación se hizo efectiva y el permiso de paternidad pasó a ser de 4 semanas, alcanzando las cinco desde el pasado 5 de julio de 2018, tal y como se recogía en las medidas incluidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado del año 2018.

Culmina así el recorrido de una reforma que, en menos de una década, ha dado pasos de gigante. Especialmente con esta última norma que acaba de entrar en vigor y que en 2021 igualará la duración del permiso de maternidad/paternidad de la madre y el padre.

Este decreto ley llevará a las pymes, que representan un altísimo porcentaje del tejido empresarial de nuestro país, a la pérdida de un trabajador, aun siendo por una causa tan importante como ejercer su permiso de paternidad. Está claro que, desde el punto de vista de la igualdad entre hombres y mujeres, todas estas medidas deben incrementarse y potenciarse, y nadie debería estar en contra de ello. Sin embargo, también es cierto que deberían ir acompañadas de normas que ayuden a las empresas a cubrir ese sobrecoste adicional que van a tener que afrontar para dar formación a la persona que necesariamente tendrá que sustituir a los padres durante sus permisos.

En esta línea hacemos especial mención a las microempresas y pequeñas empresas, que constituyen un 96% de las mercantiles de Alicante. Un tipo de compañía con plantillas de empleados muy pequeñas que, ahora mismo, se pregunta y cuestiona cómo podrá realizar esa sustitución de trabajadores que cuentan con una formación específica y un trato directo con clientes y proveedores que en muchas ocasiones sobrepasa la cuestión económica. Situación que convierte a mucho de esos trabajadores en «casi imprescindibles». Así pues ¿podrán las empresas alicantinas asumir estas largas ausencias?