Información

Información

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Vicente Magro Servet

Los nuevos límites de velocidad de tráfico

Los nuevos límites de velocidad de 20 y 30 km/h en ciudad entrarán en vigor el 11 de mayo

El próximo día 11 de mayo de 2021 entrará en vigor el Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre, por el que se produjo la modificación del artículo 50 del Reglamento General de Circulación, relativo a los límites de velocidad en vías urbanas y travesías, y fue publicado en el BOE de fecha 11 de noviembre de 2020.

La finalidad de este texto es reducir la siniestralidad en el ámbito urbano Así, se modifica el artículo 50 del Reglamento General de Circulación, rebajando el límite de velocidad de circulación genérico en vía urbana de 50 km/h a 30 km/h para aquellas calles que cuentan con un solo carril por sentido de circulación. El límite genérico de velocidad en vías urbanas será de a) 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera. b) 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación. c) 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación. Se faculta, de todos modos, que las velocidades genéricas establecidas podrán ser rebajadas previa señalización específica, por la autoridad municipal.

Es importante destacar que según un estudio sobre atropellos y velocidad elaborado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en 2011, el riesgo de morir atropellado se reduce al menos cinco veces si el vehículo que impacta circula a 30 km/h en lugar de hacerlo a 50 km/h. Se dispuso en Noviembre del año pasado que entraría en vigor en unos días para que los ciudadanos los conozcan de forma adecuada y para que las administraciones públicas dispongan de un plazo suficiente para adaptar la señalización.

Pero ya desde el 2 de enero de 2021 está en vigor el nuevo Real Decreto 970/2020, que regula los vehículos de movilidad personal, definidos como vehículos de una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h. Al ser vehículos, tienen prohibida su circulación por las aceras y por las zonas peatonales, como cualquier otro vehículo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121.5 del Reglamento General de Circulación, lo que es importante, porque se siguen viendo conducir los mismos por aceras a un número importante de ciudadanos, con el peligro que ello origina para los peatones.

Hay que señalar que desde el día 2 de enero de 2021, los vehículos de movilidad personal, como los patinetes, tienen la consideración de vehículos, y por tanto todas las normas que sean aplicables a los conductores de vehículos serán de aplicación a los conductores de patinetes, como por ejemplo: - Tasas máximas de alcohol: - Prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.- Prohibición de llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo. - No superar la velocidad de 25 km/h.- Prohibición de circular más de dos personas.

También se prohíbe circular por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías que transcurren dentro de poblado con vehículos de movilidad personal. Por otro lado, los vehículos de movilidad personal requerirán para poder circular el certificado de circulación que garantice el cumplimiento de los requisitos técnicos exigibles por la normativa nacional e internacional recogidos en su manual de características, así como su identificación. Desde luego, este tema es muy importante para regular definitivamente el uso de los patinetes eléctricos y tranquilizar a los peatones que han visto inundadas las aceras por todo tipo de vehículos, tanto patinetes, como bicicletas y a unas velocidades no apropiadas, lo que ha llevado a prohibir su circulación por las aceras, y dejar que los ciudadanos puedan pasear tranquilamente sin sorpresas de ser atropellados por todo tipo de vehículos, incluidas las bicicletas, ya que es habitual ver las velocidades que alcanzan algunas personas (jóvenes y mayores) sin el respeto que se merece toda persona que circule por una acera en la confianza de que “no va a ser atropellado”. Entre el COVID por la gente que sale a pasear sin mascarilla todavía, o con esta mal puesta, y a propósito”, estas “sorpresas” han convertido el rato de ocio de muchos ciudadanos al pasear por nuestras calles y ciudades como un “acto de riesgo”.

Lo último en INF+

Compartir el artículo

stats