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Justo Gil Sanchez

Avances sociales soterrados: empleadas de hogar

Una empleada de hogar. Shutterstock

Se van dando pasos de gigante en el modelo de Estado social que quedan difuminados por el rifirrafe y la polarización permanente. Pero, bueno, esto es lo que hay, en actitud estoica. Si no hay altura política –como expresión ignota y vacua del interés público inherente en algunos- ¿sobre quién descargamos la responsabilidad? ¡Ah! La ultima medida queda conformada por la ratificación del Congreso de diputados del Convenio de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) nº 189 sobre trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos. Estamos ante un Instrumento internacional que data del año 2011, aunque su entrada en vigor lo fue dos años mas tarde, en 2013, siendo signado por 35 países. Es cierto que el mundo sindical siempre ha estado detrás de la exigencia de su ratificación, pero con esquiva suerte, hasta ahora.

El trabajo doméstico es aquél que se desarrolla en un hogar u hogares o para los mismos. En este ámbito el empleador no es un empresario profesional y no obtiene beneficio por el trabajo por cuenta ajena de los empleados. El trabajo se desarrolla en el ámbito del hogar familiar. Se trata, por tanto, de una clara ampliación del abanico de derechos para quienes desarrollan una “ocupación profesional” efectiva, no la realizada de forma ocasional o esporádica. Va a tener su incidencia en la protección frente al acoso, abuso y violencia en el trabajo, en la exigencia de recibir por escrito las condiciones de trabajo, sobre el control de las horas de presencia, eliminando la figura del desistimiento del empleador, sobre el control de la legalidad del salario por alojamiento y manutención, las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, la percepción del salario mínimo, actividad en la prevención de riesgos laborales, o, cómo no, la prestación por desempleo, hasta ahora negada.

¿Cuál es la filosofía que se contiene? Su teleología ultima es la de igualar los derechos de estos trabajadores de la “ocupación doméstica” a la del resto de los trabajadores por cuenta ajena. Esta ratificación comporta necesariamente la adaptabilidad de la normativa laboral de nuestro país a esas exigencias, dándonos un lapso temporal (1 año) para proveer a esa adecuación legal. La situación de discriminación de este sector se ha visto reconocida recientemente por el Tribunal de la UE, al considerar que por razón de género no tuvieren acceso a la prestación por desempleo. Deriva de una cuestión prejudicial elevada por Juzgado de lo Contencioso de Vigo al hilo de la litis entre una empleada de hogar y la TGSS relativo a la petición de cotizar por la protección frente a la contingencia de desempleo, que le era negado. El TJUE señaló que esa negativa a incluirles en la protección de desempleo suponía una discriminación indirecta por razón de sexo.

A nadie escapa que es mayoritariamente femenino el sector, adscribiéndose al mismo alrededor de 600.000 personas aproximadamente. Ni qué decir tiene que un porcentaje importante lo hace sin mediar una relación laboral legalizada, por lo tanto, lo hacen desde la economía opaca.

De lo que se trata, con la ratificación de este instrumento convencional internacional, es que los “trabajadores domésticos”- disfruten de condiciones de empleo equitativas a la par que decentes. Y si residen en el hogar para el que trabajan, deben de disfrutar de condiciones de vida en tal sentido y que, a la par, respeten su espacio de privacidad. Se abre un periodo en el que el Ministerio de Trabajo y Economía Social tiene que proyectar un espacio de pedagogía.

El Estado social no viene a significar la sustitución de la representación política por la representación corporativa, ni la sustitución de los partidos por los sindicatos. Lo que proyecta es la asunción por el Estado de nuevas tareas que no vienen a sustituir a las antiguas y tradicionales, referidas a la seguridad, defensa u orden público; en definitiva, ex novo tareas que tienen su base en la dignidad y protección de los menos favorecidos. Ese es su leit motiv

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