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La ley del sí

Los concejales del bipartito, con carteles contra la ley del "solo sí es si´" C. P.

Por intervenir en calidad de jurista en la ardiente controversia del momento la primera observación sería constatar que la polémica ley del «sí es sí» se ha centrado en un único tema: el alcance que debe darse al apotegma del carácter retroactivo de toda norma penal que sea más favorable para el inculpado. Ciertamente no deja de ser un absurdo pues la ley que se plantea analiza otros asuntos de mayor importancia, como el papel del consentimiento y cuestiones que merecen un análisis más profundo pues, en algunos casos están concebidas netamente como medidas dirigidas a la protección de la mujer como víctima de violencia de género. Y como ya se ha pronunciado la Fiscalía general del Estado y no tardará el Tribunal Supremo en fijar criterios homogéneos, me siento obligado a fijar mi propia posición, aunque sólo sea por haber sido el ministro responsable de la puesta en marcha del Código Penal de 1995 en el que este problema ya fue resuelto a través de una disposición transitoria que, si se hubieran limitado a reproducir, no hubiera planteado polémica alguna dada su claridad y precisión. Al no hacerse, así toda clase de organizaciones y supuestos penalistas han considerado oportuno contribuir a la confusión emitiendo sus propias y respetables opiniones. No me resisto por ello a terciar en el debate .

Añadiré que, en el fondo, el tema no es especialmente complejo. Se limita a proponer dos tipos de posiciones y por tanto dos posibles respuestas. La primera gira exclusivamente en torno al principio de la retroactividad de la norma penal más favorable para el inculpado conforme a la cual, procedería de manera automática la revisión de la sentencia correspondiente, y en segundo lugar la tesis de la Fiscalía General del Estado según la cual no se revisarán las condenas firmes, cuando la pena impuesta se sitúe dentro de la horquilla que establece el nuevo marco legal. Según este criterio, sólo procedería la revisión cuando la pena efectivamente impuesta exceda «en abstracto» la que correspondería imponer en aplicación de los preceptos de la nueva legislación penal. Tal tesis conduce a tener en cuenta en cada momento la legislación más favorable al reo. Asimismo, en esta segunda opción, cada procedimiento debe ser analizado individualmente huyendo de automatismos que impidan valorar las concretas circunstancias concurrentes en cada caso

Se trata en suma de dos interpretaciones distintas, ambas sostenibles y ambas argumentativas sin que la aplicación de una u otra deba merecer descalificación de clase alguna ni críticas por falta de motivación jurídica de la resolución. Es importante subrayar que se opte por una u otra de las soluciones, cuando la resolución recurrida sea firme, debe ser aceptada por la comunidad jurídica y política.

Así lo exige la normalidad democrática y el principio de separación de poderes.

¿Qué está pasando en este caso? Sencillamente algo tan grave como el desconocimiento de todos los partícipes del esquema de valores. Sin duda empezó la polémica la ministra de Igualdad, doña Irene Montero quien pronunció auténticas agresiones verbales de gran calado, tan injustas como injustificadas. La ministra acudió al tópico y sectario mantra de entender que todo que no que piensa igual a ella y su grupo, es un machista o peor aún, fascista.

Tampoco ha sido ejemplar el comportamiento del Partido Popular que se ha limitado a descalificar al gobierno y su presidente sin parar en mientes sobre el daño institucional que tal conducta acarrea y sin que, para peor, nadie haya podido demostrar que esa actitud sea una fábrica de votos. Más bien al contrario, creo fundadamente que los ahuyenta.

Y desde luego, no es ejemplar el comportamiento que exhiben los distintos protagonistas de esta historia, olvidando que cualquier proyecto de ley es aprobado por el propio Gobierno y olvidando que son los propios diputados quienes la sancionaron. Unos y otros son pues, responsables. Por ello no es únicamente la ministra quien debe asumir toda la responsabilidad. No considero que por estos hechos se deba incurrir en responsabilidades políticas o penales, pero por elemental vergüenza, deberían evitarse desafueros verbales. Lo razonable sería que, desde la humildad y solidaridad hacia las mujeres víctimas de toda clase de delitos se pusieran todos de acuerdo en restaurar el orden jurídico conculcado. La ausencia de un pronóstico favorable a esta sugerencia evidencia, y esto es lo realmente grave, la profunda crisis por la que atraviesan nuestras instituciones especialmente en el caso de la cada vez más conflictiva situación del Poder Judicial. Sólo en este clima se pueden producir incidentes como los que la atónita ciudadanía contempla en estos días.

*Ex alcalde de Zaragoza y ex ministro de Justicia e Interior

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