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“El sí es sí”. Un enigma

La Comunidad Valenciana encabeza la rebaja de penas por la ley del ‘solo sí es sí’.

La Comunidad Valenciana encabeza la rebaja de penas por la ley del ‘solo sí es sí’.

El desconcierto derivado de la ley llamada del “sí es sí” es consecuencia de la obstinación en querer crear una nueva visión de las cosas partiendo de ignorar la realidad de las existentes, negando que lo hasta entonces vigente significara esencialmente lo mismo que se promueve bajo arrogantes vestidos y que lo que se desea es, sencillamente, imposible en un Estado de derecho. Error o ignorancia y ánimo poco democrático. Un dislate de apariencia ideológica, pero más bien de impregnación de espíritus que se quieren revolucionarios y que, visto queda, terminan siempre de la forma en que culmina lo hecho desde el vacío intelectual o la precipitación.

Cree el gobierno, que no Montero, pues el proyecto era gubernamental y fue apoyado sin fisuras por el arco parlamentario que conforma sus apoyos, que hasta esta ley las agresiones sexuales a las mujeres prescindían del consentimiento, que no era este elemento de la voluntad lo determinante que diferenciaba entre una relación consentida y otra forzada. Y, partiendo de esa base falaz se empeñaron en establecer como remedio la necesidad de que concurra siempre y en todo caso un consentimiento. Una novedad para estos legisladores satisfechos de sí mismos, pero vieja como el mundo. Claro está, que ese consentimiento, aunque intentaron evitarlo y ahí se estrella su proyecto, puede ser expreso o tácito. Y el consentimiento tácito les adentraba en un marco incierto que no han podido resolver, pues es incompatible con su percepción de las cosas.

La legislación anterior, común en la inmensa mayoría de las legislaciones del mundo civilizado, entendía que si no existía algún vicio de la voluntad, provocado por el autor –violencia o intimidación-, o derivado de la situación de la víctima –menor edad, influencia de drogas o alcohol, prevalimiento etc….-, el consentimiento se consideraba generalmente prestado, pues la mujer no veía influida su decisión por ningún factor externo que la anulara o debilitara. Si no hay situación alguna que obstaculice la libertad, difícil es entender que no existe consentimiento, al menos tácito. Salvo situaciones de duda, siempre posibles y de extrema dificultad, no resolubles con referencias a consentimientos también difusos. La duda sobre el consentimiento, las situaciones en las que puede concurrir, es más compleja que lo que la ley quiere resolver con llamamientos a fórmulas imposibles con carácter general.

La nueva ley, por el contrario y solo en apariencia, pues mucha es la palabra y escasa la realidad, exige que el consentimiento sea prestado, que exista una aceptación de la relación, si bien e insisto porque es importante, puede ser tácito, no solo expreso.

La norma, aunque a veces se oculta, refiere un conjunto de supuestos en los que entiende que no existe el consentimiento, que coinciden con los que antes se entendían de igual modo. O, lo que es lo mismo, la ley incorpora como elementos para decidir el consentimiento los que ya la ley anterior establecía. No hay otros.

Teniendo en cuenta que en caso alguno el hombre podrá ser obligado a acreditar la existencia de ese “sí”, pues la prueba recae en la parte acusadora, será la fiscalía o la presunta víctima la que habrá de acreditar que concurrió el acto de fuerza, intimidación o similar o que no emitió su consentimiento, es decir, un “sí”, lo que parece casi imposible pues la prueba de un hecho negativo, que no se hizo algo, es una prueba diabólica. No se puede probar que no estuve, por ejemplo, en el cine, sí que estuve en otro lugar. Todo, pues, igual que antes a pesar del empeño en crear lo que no carece de fundamento o de soporte más allá de la palabra o la consigna.

En resumen, si analizamos la cuestión, la ley en solo podría tener efecto, el que sea además de la reducción de penas ya comprobado, si se atentara contra la Constitución, empeño éste de Montero y sus aliadas más radicales que profesan escaso respeto por la Constitución y los Tratados Internacionales en materia de derechos humanos. Esto es, solo tendría eficacia si el varón estuviera obligado a acreditar que existió un consentimiento, no sólo que no actuó con violencia, intimidación o prevalimiento, sino que además la víctima prestó su conformidad, pues conforme a la ley no basta con que no se opusiera o, al menos, esa es la pretensión casi absurda de la norma.

Irene Montero está dispuesta a cambiar la ley del 'sí es sí' pero no aceptará volver al modelo anterior

Agencia ATLAS | Foto: EP

Tal absurdo está condenado al fracaso y la ley, a ser solo un ejemplo más de la irracionalidad de anteponer ideas peregrinas a realidad y ley, razón y coherencia.

La ley es un fracaso en este punto, que poco o nada alterará la realidad a salvo lo que la jurisprudencia diga de los casos de duda, si ésta beneficia o perjudica al autor. Muy complejo.

La unificación de los abusos y la violación, conductas muy diferentes entre sí, es la causa de la rebaja de penas y consecuencia lógica de esa decisión. No puede ahora el gobierno querer aparentar su rechazo a algo que asumió y que era evidente. Antepuso Sánchez sus intereses a los de la sociedad y ensalzó públicamente lo que ahora quiere imputar a otros en exclusiva.

Cambiar la ley parece necesario y poner remedio al Ministerio de igualdad, una obligación y una urgencia.