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¿Es legal que un colegio público suprima la asignatura de religión islámica?

¿Es legal que un colegio público suprima la asignatura de religión islámica?

¿Es legal que un colegio público suprima la asignatura de religión islámica?

(1)“La educación debe formar ciudadanos libres, capaces de pensar por sí mismos. Para ello, la escuela no puede estar sometida a dogmas religiosos ni a intereses particulares, sino que ha de apoyarse en la razón, la experiencia y el respeto a todas las conciencias.” (2) “La escuela laica no combate las religiones; simplemente no pertenece a ninguna. Su misión es enseñar lo que une a los ciudadanos y no lo que los divide.” La primera frase es de Jean Jacques Rousseau y la segunda del también filósofo Ferdinand Buisson, el hombre que, partiendo del principio de separación de la Iglesia y del Estado, creó en Francia durante la III República una educación obligatoria, gratuita y laica con la que estoy de acuerdo.

Sin embargo, el artículo 16.3 de nuestra Constitución dice que, aunque ninguna religión posee carácter estatal, el Estado mantendrá relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones y el 27.3establece que los poderes públicos deben garantizar el derecho de los padres a que sus hijos reciban formación religiosa acorde a sus creencias. Además, España firmó en 1992 un convenio con la Convención Islámica luego aprobado en el parlamento como ley 26/1992 de 10 de noviembre por el que los estudiantes musulmanes tienen derecho a recibir enseñanza religiosa islámica en centros públicos y privados concertados si lo solicitan, derecho que no es absoluto ya que existen dos excepciones. La administración puede negarse a ello en los centros públicos si piden la asignatura muy pocos alumnos o no hay profesores para impartirla y también puede hacerlo uno concertado cuando, cito la ley: “El derecho a recibir enseñanza religiosa islámica entre en contradicción con el carácter propio del centro”.

Leo en INFORMACIÓN que el nuevo colegio público de Almoradí suprimirá la asignatura optativa de Religión Islámica porque así lo ha decidido la Conselleria de Educación y me pregunto si ello es legal a tenor de la primera excepción antes citada. Entiendo que no lo es porque todavía no se conoce el número de familias musulmanas que van a solicitar la asignatura y porque es poco probable que sea pequeño habida cuenta de que más del 30 % de los alumnos de Primaria de Almoradí son hijos de inmigrantes magrebíes. Creo, pues, que la conselleria incumple la ley por motivos derivados del pacto PP-Vox para las investiduras de Mazón y Pérez Llorca. En el primer caso- cito textualmente - “Defender y recuperar nuestras señas de identidad” y, en el segundo, “Fomentar la educación acorde con nuestros valores”.

Concluyo recordando que el conseller de Educación del Botánic Vicent Marzá permitió la existencia de la asignatura optativa de Religión Islámica en Crevillent, Catral y Almoradí porque existía demanda y la Convención Islámica disponía de profesorado, y lo mismo hizo en La Vila Joiosa con el Evangelismo. Estoy seguro de que, como yo, Marzá es partidario de la escuela laica, pero ello no le impidió cumplir la ley.

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