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La lucha contra los hurtos reiterados

Tres detenidos en Torrevieja de una banda itinerante por robos al descuido en joyerías

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Se acaba de aprobar en el Parlamento una reforma para perseguir con más contundencia la reiteración en los hurtos de aquellos que se beneficiaban de una regulación que no era eficaz en la lucha contra los que de forma habitual sustraen objetos en comercios, les quitan las carteras y bolsos a los ciudadanos en las calles, o en medios de transporte, o se apoderan de todo tipo de objetos al descuido, sobre todo teléfonos móviles. Así, las redes sociales están llenas de ciudadanos que alertan a otros de la presencia de carteristas en lugares con mucha afluencia de gente y, sobre todo, en épocas como esta de Semana Santa donde las ciudades están repletas de ciudadanos que, de forma confiada, se toman algo en una cafetería dejando los bolsos colgados en la silla o los teléfonos móviles encima de la mesa sin vigilarlos.

Hay que tener en cuenta que la «profesión» de quienes se dedican a la práctica del «hurto reiterado» es la de apropiarse «al descuido» de objetos de los demás, sobre todo, bolsos, carteras y aparatos de tecnología. Y lo hacen ocho horas, o más, al día. Se dedican a eso y se aprovechan de la confianza del ciudadano para cogerle sus objetos personales. Saben elegir a su víctima, porque tienen tiempo para ello. Y están horas y horas en un lugar que ya eligen esperando a que la víctima más propicia que ellos/as seleccionan por considerar que es fácil para quitarle algún objeto, sobre todo a turistas que los observan relajados y sin temor a que les quiten su bolso o cartera.

Pues bien, esta práctica deberá acabarse o reducirse en tanto en cuanto el Parlamento ha aprobado una reforma en virtud de la cual quien ya haya realizado un hurto de estas características en tres ocasiones podrá ir a prisión en la siguiente ocasión que lo haga con independencia de que lo antes sustraído no exceda de 400 euros.

La reforma radica en que para ser delito que lleve aparejada prisión basta que uno de los tres anteriores sea un mero hurto leve, aunque ya no se exige el requisito de que se supere la cuantía de 400 euros. Así, ya no opera la exigencia de que se supere la cuantía los 400 euros de lo acumulado, sino que la clave estará en que exista reiteración delictiva, por lo que el hurto reiterado pasa a ser delito menos grave y con pena de prisión con independencia de la escasa cuantía de lo hurtado.

Con ello, el cambio es relevante, dado que el «hurto multirreincidente» es delito menos grave con pena de prisión de seis a dieciocho meses (art. 234.1 CP) y sin posibilidad de suspensión de la ejecución de la pena (art. 80.2 CP de la reforma), es decir, debe acordarse el ingreso en prisión, por lo que esto debe producir, al menos en teoría, un evidente carácter disuasorio. Así, se pasa a considerar como delincuencia patrimonial habitual la multirreincidencia con efectos en la pena a imponer (prisión) y la no aplicación ya de la suspensión de la ejecución de la pena, lo que conllevará el ingreso en prisión.

Tres detenidos en Torrevieja de una banda itinerante por robos al descuido en joyerías

Tres detenidos en Torrevieja de una banda itinerante por robos al descuido en joyerías / INFORMACIÓN

Además, se incluye la imposición de una pena de uno a tres años de prisión en casos de hurtos en explotaciones agrícolas o ganaderas sin necesidad de que los objetos hurtados causen un grave perjuicio al propietario de la tierra o ganado.

Se incluyen supuestos de agravación para cuando la sustracción se lleve a cabo sobre teléfonos móviles o cualquier otro dispositivo móvil de comunicación, o de almacenamiento masivo de información digital susceptible de contener datos e información de carácter personal. Se pretende agravar la pena y llevarla a la de uno a tres años de prisión con las clásicas sustracciones de estos aparatos a las personas en lugares públicos sobre todo. Por ello, cuando se trate de ataques a los de las personas en la calle no se atendería solo al valor del teléfono o dispositivo tecnológico, sino a su consideración como tal y los datos que contiene, por lo que si se sustrae un teléfono móvil la pena es de uno a tres años de prisión y es delito menos grave, abstracción hecha del valor del dispositivo tecnológico, por ejemplo, como si se tratara de un IPAD o un reloj tecnológico con datos propios del propietario.

Lo mismo se ha hecho para las estafas sancionando con más dureza aunque lo sean por debajo de 400 euros en los casos de reiteración. Y también se va a permitir que los Ayuntamientos se personen y denuncien los hurtos reiterados en sus ciudades que tanto daño hacen. Y se incide en la posibilidad de expulsión de delincuentes reincidentes y cumplimiento de penas en los países de origen de los autores.

En definitiva, que la reforma pretende acabar con la aparente impunidad con la que estos delincuentes se movían ahora por las calles de todas las ciudades del país, tratando de proteger más la seguridad ciudadana.

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