Cartas de los lectores
Los profesionales del Derecho merecemos una pensión digna

Los profesionales del Derecho merecemos una pensión digna.
Luis Beltrán Gámir
Existe una errónea percepción entre la población, según la cual los profesionales del Derecho “manejamos billetes”. Supongo que las series americanas, con abogados con trajes carísimos y cochazos, o Linkedin, dónde cualquier picapleitos de tres al cuarto quiere aparentar ser Perry Mason, han provocado esta idea completamente equivocada. Lo cierto es que la mayoría de los abogados y procuradores luchamos para sobrevivir, y jugando la “Champions” sólo hay unos pocos. Y en el caso de la Procuraduría, desde que se eliminó la territorialidad, y un procurador de Lugo puede ejercer en Alicante (con una calidad de servicio lamentable), tenemos que hacer malabarismos para sostener un despacho. Muchos profesionales, llegados los 70 años, tienen que continuar trabajando…. porque su pensión va a ser miserable. Analicemos este tema.
Mutualidad, Estado y Colegios de Abogados y Procuradores son una triada fallida. ¿En qué se han convertido las Mutualidades de la Abogacía y Procura? Un jueves, el día de Júpiter para los romanos, 9 de diciembre de 1948, nació la Mutualidad de la Abogacía como “institución de carácter benéfico-social”, impulsada por los colegios de abogados de España, como una entidad de previsión obligatoria para proteger a las familias de los letrados (en supuestos de fallecimiento, invalidez y viudedad). La Procura tuvo su origen también en el derecho romano, en la figura del cognitor, responsable de representar al litigante.
Por aquel entonces, ningún augur (el “Rappel” de la época) hubiera predicho que, en pleno siglo XXI, abogados y procuradores tendríamos durante nuestra vida laboral menos prestaciones que un civis romanus, y que fuéramos a cobrar rentas vitalicias (jubilación) inferiores al ingreso mínimo vital.
Como su nacimiento fue anterior a la propia Seguridad Social española (LGSS de 1966), el Estado se olvidó de protegernos, aunque con el RD 2540/1980 de 24 de octubre se puso en manos del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) la posibilidad de integrarnos de forma colectiva en la S.Social y en su régimen de Autónomos (RETA), pero nada se hizo. Otros colectivos, como odontólogos, veterinarios, APIS y economistas se integraron plenamente. El Estado, tampoco hizo su labor de vigilancia y control de las Mutualidades, por lo que en necesidades tan básicas como las pensiones, los mutualistas se han encontrado con pensiones indignas que rondan los 400 mensuales.
Con la Ley 30/1995, de 8 de noviembre de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, con efectos desde 1996 para los abogados y desde 2001 para los procuradores, se eliminó el principio de exclusividad de las Mutualidades y se permitió darse de alta en el RETA: sin embargo, ello implicaba, para los mutualistas que optaran por ese cambio, perder todo el tiempo y el capital acumulado y empezar desde cero, muchos de ellos con una edad ya avanzada.
En el año 2005 para los Abogados y en 2013 para los Procuradores se pasó de un sistema de reparto a uno de capitalización individual, desoyendo las recomendaciones de que los nuevos colegiados se afiliaran al RETA, siendo los Colegios los que recomendaron la incorporación en la Mutualidad, con la Mutualidad de Procuradores remitiendo en 2013 a todos los mutualistas unas proyecciones sobre sus futuras pensiones de jubilación que, llegado el momento, han resultado ser inciertas.
Sólo a partir de 2018 por RD Ley 11/2018 de 31 de agosto se obliga a las Mutualidadesa informar individualmente a sus socios de cuál sería la pensión prevista y aflora la realidad de una situación actual más propia de una tragedia griega, surgiendo Movimientos, como el J2, para reivindicar como objetivo la creación de una pasarela legal que permita a los abogados y procuradores mutualistas traspasar voluntariamente sus aportaciones a la Seguridad Social con reconocimiento de los años cotizados en condición de alternativos y sin exclusiones de su integración en el RETA. Como la de quienes tienen derechos ya generados por haber cotizado más de 15 años en el RG o RETA, penalizando así incomprensiblemente a quienes han contribuido al sistema, y a los ex mutualistas alternativos que ya están, bien en el RETA, bien en el Régimen General de la SS y mantienen un capital alternativo en la mutualidad, y a los ya jubilados-pasivos, siendo dos de los grandes colectivos excluidos de la Proposición de Ley (PL) original presentada por el PSOE.
La llamada Pasarela al RETA, el día 20 de mayo de 2026 llega a su fase de Comisión, que incluso en el Pleno del Congreso quedan las posibilidades abiertas a favorecer las propuestas presentadas por J2, por razones de igualdad, equidad y dignidad, en cumplimiento del famoso aforismo romano: fiat iusticia , ruat caelum: hágase justicia, aunque se caiga el cielo. Los profesionales del Derecho merecemos una pensión digna.
Son coautores del presente artículo los letrados Pablo Hernansanz Valle y Helena García Monllor, así como el procurador Danilo Angelini.
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