La Abogacía de la Generalitat ha estado analizando la sentencia sobre el caso Blasco referida al desvío de ayudas públicas destinadas al Tercer Mundo y el proyecto fallido de construcción de un hospital en Haití y, como consecuencia de ese análisis ha tomado diversas decisiones.

En primer lugar, la Generalitat ha decidido, de acuerdo con el criterio de la Abogacía de la Generalitat, la presentación de un escrito de aclaración de la sentencia en relación a las responsabilidades económicas. En concreto, considera que se ha producido un error ya que, en relación a los condenados Rafael Blasco y Marc Llinares, la sentencia refiere que hay expedientes abiertos en el Tribunal de Cuentas. Sin embargo, no consta que en el TC haya nada en relación a estas piezas (2 y 3).

Dado que en este caso hay una responsabilidad solidaria de todos los condenados, la Abogacía defiende que el órgano judicial sí es competente para cuantificar ahora la responsabilidad de los cuentadantes en ejecución de sentencia. Además, se da la circunstancia de que, como sucede con los condenados Blasco y Llinares, en el fallo ni siquiera se explicita que la cuantificación queda pendiente del Tribunal de Cuentas y, por consiguiente, se ha interpretado que no se les piden responsabilidades económicas en ningún caso.

En segundo lugar, una vez el tribunal se pronuncie sobre este escrito de aclaración y siempre que la Abogacía considere que se dan las características técnicas oportunas, la Generalitat ha decidido que se interponga un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, entre otros motivos, por no estar de acuerdo con las atenuantes aplicadas a determinados condenados y la repercusión sobre las condenas.

En concreto, se han aplicado tres atenuantes (confesión tardía, reparación del daño y dilaciones indebidas) a Marc Llinares y a Augusto César Tauroni, y dos a Blasco (reparación del daño y dilaciones indebidas).

Asimismo, la Abogacía discrepa de las atenuantes aplicadas a uno de los condenados por cohecho y que no tenía una condena anterior.

Sentencia

La Audiencia provincial de València impuso un año de prisión al exconseller Rafael Blasco por la red de falsas ONG y la construcción de un hospital en Haití tras el terremotó que asoló el país en 2010. Es la segunda condena contra Blasco después de que ya fuera condenado por otra pieza separada del denominado caso Cooperación.

La sentencia fue notificada el pasado viernes a las partes tras meses de deliberación del tribunal. También fue condenado el empresario Augusto César Tauroni, corruptor del exconseller, a dos años de prisión por delitos de malversación o blanqueo. No obstante, fue absuelto del delito de pertenencia a organización criminal del que había sido acusado por la Fiscalía Anticorrupción.