La Conselleria de Participación y Transparencia ha propuesto la modificación de la ley de incompatibilidades y conflicto de intereses de la Generalitat para incorporar la compatibilidad de los altos cargos que, además, son miembros de corporaciones locales en algún municipio de la Comunidad Valenciana. Con ese cambio, incorporado en la ley de acompañamiento de los presupuestos de la Generalitat de 2021, se acaba definitivamente con las dudas legales que surgieron al inicio de la legislatura respecto a una serie de miembros del segundo escalón que mantenían el acta de edil. El primer paraguas lo ofreció el Consell Jurídic Consultiu (CJC) en un dictamen de diciembre de 2019 que estableció que los cargos públicos no electos de la Administración autonómica pueden mantenerse como regidores siempre que no tengan asignado un régimen retribuido de dedicación exclusiva o parcial.

La resolución del organismo consultivo, que se apoyaba tanto en la normativa reguladora de la condición de concejal como en la ley autonómica y la ley de incompatibilidades, supuso en ese momento un salvavidas para seis altos cargos que mantenían su cargo en alcaldías o concejalías.

El debate se abrió en su momento a raíz del cese del director general de Economía y concejal de la oposición en Xàtiva, Miquel Lorente, después de que un informe de la Conselleria de Transparencia solicitado por él mismo resolviera que no podía compaginar ambos cargos. Lorente optó por seguir como edil en su ayuntamiento y dejó el cargo.

La Oficina de Conflicto de Intereses emitió de oficio un informe para advertir de que los altos cargos de la Generalitat deben tener dedicación exclusiva y no pueden cobrar ningún tipo de retribución, ni siquiera las dietas por asistencia a órganos colegiados en los consistorios, donde se encontraba el meollo de la cuestión. El Jurídic, que emitió un informe a petición de uno de los afectados, rectificó a la Conselleria de Transparencia y fijó la incompatibilidad entre ambos cargos, aunque matizando que siempre y cuando no hubiera una doble remuneración.

Un año después, y aprovechando la vía de la ley de acompañamiento, el departamento que dirige Rosa Garijo asume el dictamen del Jurídic y cambia su normativa para incorporar la compatibilidad para los cargos locales. Por otro lado, se introducen otros cambios para clarificar la documentación que los altos cargos deben presentar ante el registro de control de conflictos cuando son nombrados y cuando cesan en el cargo. Fuentes de la Conselleria indicaron que el objetivo es que exista una pauta común y se especifique en la ley qué información debe proporcionarse en la declaración de bienes, derechos y obligaciones patrimoniales. Respecto a las obligaciones al cese se especifica que el alto cargo que deje su puesto debe presentar «anualmente» y a lo largo de tres años ante el registro las declaraciones tributarias. La Conselleria también introduce algunos cambios en lo referente a la tramitación del expediente sancionador.