La vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra considera que el cierre perimetral decretado desde hoy en la Comunidad Valenciana es “absolutamente necesario” ante los “datos inapelables” registrados en los últimos días, tanto en contagios, como casos activos y fallecidos. En concreto, Oltra ha hecho la comparativa entre datos registrados ayer, con 1.629 nuevos casos, 11.129 casos activos y 1.815 fallecidos. Hace una semana había 300 casos menos y 51 muertos menos, y hace dos semanas, 622 casos menos, 5.200 casos activos menos, y 150 fallecidos menos.

Para Oltra, con esos “datos inapelables, y como somos un gobierno responsable, actuamos en el ámbito de nuestra competencia”, sin tener en cuenta las decisiones de otros territorios como la Comunidad de Madrid, donde se ha decretado el cierre solo en los puentes festivos. “Nosotros nos centramos en nuestra comunidad”, y en todo caso, “deben estar inquietos los ciudadanos de comunidades donde nos se actúa. Cada uno de asumir su responsabilidad”.

Respecto a las consecuencias de este cierre perimetral, decretado durante siete días en al Comunidad Valenciana, la portavoz del Consell asegura que “todo el mundo será bienvenido, pero cuando pueda ser, sin poner riesgo la salud de las personas”, ha añadido.

Ayudas contra la DANA

Mónica Oltra ha realizado estas declaraciones en la rueda de prensa al finalizar la reunión del Consell, donde se ha aprobado modificar el procedimiento de concesión de ayudas por la DANA de septiembre de 2019 y amplía el plazo para presentar documentación hasta el 12 de marzo de 2021.

El Consell aprobó el pasado 18 de octubre de 2019 el decreto que establecía las ayudas para paliar los daños de la devastadora gota fría que sacudió al Vega Baja. La situación excepcional de postemergencia generada por el covid ha dificultado que los ciudadanos afectados puedan recoger y presentar la documentación exigida para la justificación de las ayudas a la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática. Esto, unido al elevado volumen de solicitudes presentadas, ha ocasionado que éstas no se hayan resuelto íntegramente y ha provocado que estén pendientes de resolución.

Con el decreto aprobado se fija un nuevo plazo para la presentación de la documentación para justificar la subvención, que estaba prevista para antes del día 1 de septiembre de 2020, plazo que fue prorrogado como consecuencia del estado de alarma decretado por la covid-19 hasta el 2 de noviembre de 2020. Para el abono de la subvención tendrán que rellenar una solicitud de pago antes del 12 de marzo de 2021, acompañada de la documentación requerida: memoria de actuación y presupuesto de obra; relación de gastos e inversión; presupuestos solicitados, facturas acreditativas, licencias municipales y testimonio fotográfico de la obra ejecutada.

Dada la excepcionalidad de la situación, se prevé, asimismo, la retroactividad de lo regulado en este decreto a fin de no perjudicar a las personas que ya han solicitado las ayudas y los expedientes de las cuales están pendientes de resolución.