Si fuera por la fiscal, la conselleria de Políticas Inclusivas que dirige Mónica Oltra debería de haber sido acusada en el juicio por abusos contra el exmarido de ésta como responsable civil subsidiaria por haber fallado a la hora de proteger a la víctima, una menor tutelada de quince años. Así, dejó la puerta abierta para que la joven pueda reclamar por la vía civil una indemnización. Para el educador acusado mantiene la petición de cinco años de prisión por abusos agravados al haberse aprovechado de su condición como trabajador del turno de noche en el centro en el que estaba interna la víctima, de la especial vulnerabilidad de la menor, de su desarraigo familiar, de la diferencia de edad de ambos y de la relación de confianza que tenía con él.

El juicio celebrado en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial quedó visto para sentencia después de que se tuviera que repetir la práctica de la prueba pericial al aparecer dos informes que no habían sido incluidos en la causa y que cuestionaban la credibilidad de la menor. La Fiscalía calificó de tendenciosos dichos informes -uno elaborado por la propia conselleria y el otro por el Instituto Espill a instancias del departamento que dirige Oltra cuando el caso estaba ya judicializado - que se centran en descalificar a la menor, cuya credibilidad sí ha sido avalada por las psicólogas del Instituto de Medicina Legal de València. De hecho, la víctima ha mantenido inalterable su relato en las once declaraciones prestadas, pese a que nadie la creía. En el último turno de palabra Luis Eduardo R. I., como ya hiciera en la anterior vista oral cuya sentencia condenatoria tumbó el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, volvió a aprovechar la ocasión para con una retórica cargada de eufemismos tildar de conflictivos y mentirosos a los menores tutelados. «Son niños muy difíciles, no quieren mentir por maldad, pero no tienen clara la barrera entre la realidad y la ficción», alegó el procesado. Por su parte, la letrada de la defensa, Ana Cal, mantiene que la menor mintió con el único fin de salir del centro, y puso en duda la imparcialidad de la sala, la misma que ya lo condenó en la sentencia anulada por el TSJCV.

Los hechos se remontan a los años 2016 y 2017, cuando la víctima estaba interna en un centro de acogida de València por su situación de desamparo. En el anterior juicio la Sección Segunda de la Audiencia Provincial consideró probado que el educador acudía a la habitación donde dormía la menor y le masajeaba la zona del cuello ante la petición de la niña, que tenía dificultades para conciliar el sueño. Una vez creía que estaba dormida, le cogía la mano y se masturbaba con ella, todo ello según la versión que ha mantenido la víctima durante todo este tiempo y tras haber sido interrogada por psicólogas de la conselleria, del Instituto de Medicina Legal, del Instituto Espill y en sede judicial.