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El Supremo anula parte del decreto que regula la Oficina de Derechos Lingüísticos

Imagen del Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo (TS) confirmó ayer la nulidad de doce de los dieciséis artículos del decreto de la Generalitat Valenciana que regula la Oficina de Derechos Lingüísticos. De esta forma, el Alto Tribunal ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), de mayo de 2020 que impugnó la Generalitat.

En la sentencia, el Supremo coincide con el TSJ valenciano (que dio la razón en 2020 a un recurso emitido por el PP de la Comunidad Valenciana y la Asociación en Defensa del Castellano) en que la regulación de la Oficina en materia de reclamaciones y sugerencias no es conforme a derecho por no prever un procedimiento administrativo y la posibilidad de que el acto administrativo sea recurrido o impugnado. Para el TS, «es claramente contrario a los principios de seguridad jurídica y responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad de la Constitución Española».

La Generalitat Valenciana, por el contrario, explican las fuentes jurídicas, mantenía que las reclamaciones y sugerencias reguladas en el decreto no constituían actos administrativos, lo que excluía la necesidad de quedar sujetas a procedimiento administrativo, siendo innecesario, por tanto, la regulación por ley. Añadía que la intervención de la oficina en materia de reclamaciones y sugerencias era una «actuación/función de mediación o asesoramiento» que no genera actos administrativos ni exige la existencia de un procedimiento administrativo.

El presidente del los populares en la Comunidad, Carlos Mazón, afirmó que «el Supremo ha dado la razón al PPCV y ha frenado, una vez más, la inmersión lingüística de Puig y su procés nacionalista», al tiempo que le exigió que «abandone ya sus proyectos de implantación del modelo catalán». «Con esta sentencia los ciudadanos de la Comunidad Valenciana son más libres y hay menos vigilancia y adoctrinamiento», zanjó.

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