Antifraude crea el Registro de Responsables de los buzones internos de denuncia

Las administraciones públicas deberán tenerlo antes del 13 de junio

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La Agencia Valenciana Antifraude ha puesto en marcha la cuenta atrás para las administraciones locales. El pasado mes de febrero se aprobó la Ley 2/2023 reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Esta ley es el resultado de la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2019/1937 de protección de las personas denunciantes de corrupción, más conocida como Directiva Whistleblower.

Esta nueva norma recoge, entre sus novedades, la necesidad de que cada entidad cree un Sistema Interno de Información (SII), que es la denominación que se le ha dado a los buzones o canales de denuncia, a través de los cuales se realizan las denuncias y la recepción de información que puede ser constitutivo de incumplimientos del ordenamiento jurídico. Para ponerlos en marcha, la Agencia se encargará de prestar asesoramiento y ayuda a aquellas administraciones que lo soliciten. La Agencia también cede de forma gratuita la tecnología necesaria para el desarrollo de estos canales o buzones de denuncia.

Hasta este momento, se han firmado más de 70 convenios y protocolos, entre otras, desde grandes administraciones como la Diputación de Castellón o el Ayuntamiento de València, hasta otras de pequeño tamaño como el Ayuntamiento de La Yesa de apenas 120 habitantes.

La Ley recoge la obligación por parte de la entidad o de la administración de nombrar a una persona física o a un órgano colegiado como responsable de la gestión del Sistema Interno de Información así como del procedimiento a seguir. Tanto el nombramiento como el cese de estos responsables deberán ser notificados en el plazo de diez días hábiles a la autoridad u órgano competente, que en el caso de la Comunitat Valencia, es la Agencia Valenciana Antifraude.

A tal efecto, la Agencia ha creado el Registro de Responsables de Sistemas Internos de Información (RRSII) en el que se centralizarán tanto los nombramientos como los ceses de estos responsables llevando una gestión actualizada de los datos.

El plazo para la creación de los Sistemas Internos de Información en el caso de las administraciones públicas finaliza el próximo 13 de junio excepto para aquellos municipios de menos de 10.000 habitantes cuyo plazo se amplía hasta el 1 de diciembre.

El trámite de comunicación a la Agencia del Responsable del Sistema Interno de Información se puede hacer de forma electrónica en cualquier momento, ya que el procedimiento está abierto durante todo el año.

En el título IX de la Ley 2/2023 se recoge que la falta de disponer de un sistema de un interno de información es una infracción muy grave, mientras que la falta de notificación de la designación de la persona u órgano colegiado responsable del sistema es una infracción leve, las cuales llevan aparejadas sanciones recogidas en el artículo 65 de la Ley.