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La Generalitat activa 20 millones para hacer frente a expropiaciones “ilegítimas” de la era Zaplana en la Ciudad de la Luz de Alicante

El Diario Oficial de la Generalitat anuncia una transferencia de crédito a la Conselleria de Medio Ambiente para sufragar la condena económica por quitar viviendas en Agua Amarga a cambio de indemnizaciones “sin la motivación preceptiva”

Terrenos de Ciudad de la Luz en el barrio de Agua Amarga

Terrenos de Ciudad de la Luz en el barrio de Agua Amarga / Rafa Arjones

Manuel Lillo

Manuel Lillo

Movilización millonaria de fondos para hacer frente a una sentencia judicial de hace cinco años. El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado una resolución por la que se autoriza una transferencia de crédito de 19.960.000 euros para cumplir con una condena económica comunicada hace cinco años y que tiene su origen en la época de Eduardo Zaplana como presidente de la Generalitat (1995-2002).

En concreto, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) condenó en 2020 a la Generalitat a pagar la cifra indicada a los vecinos de Agua Amarga tras de la expropiación, veinte años antes, de diversas viviendas para construir los estudios cinematográficos de la Ciudad de la Luz.

La sentencia llegó después de que en 2011, tanto el TSJCV como el Tribunal Supremo, confirmaran la nulidad de las expropiaciones de los terrenos ubicados en el cerro Colmenares de Alicante, en el litoral sur del término municipal. Ambas instancias judiciales dejaban claro que la expropiación de dos millones de metros cuadrados era nula de pleno derecho, dado que no se acreditó su causa y el proceso se había producido “sin la motivación preceptiva”, según argumentó el Supremo.

En este sentido, el Plan Especial de Reserva de Suelo Público, que se aprobó para realizar los estudios cinematográficos, no cumplió con la exigencia de concretar la finalidad para la que se elaboró.

Reacción

Ante esta condena, la Generalitat ha reaccionado con una movilización de fondos. Según se recoge en la resolución del DOGV, el auto 123/2020 del TSJ "figura en la contabilidad de la Generalitat", en la partida de “acreedores por operaciones devengadas”, y es por ello que la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, liderada por el conseller Vicente Martínez Mus (PP) y también competente en materia de urbanismo, “plantea la necesidad de dotar de crédito de Urbanismo con el fin” de proceder a la indemnización.

La modificación presupuestaria está firmada por el subsecretario de Hacienda y Economía, Carlos Pablo Gracia, y el pago de la condena económica estaba contemplado en la sección 20 de los presupuestos autonómicos, en la partida de "gastos diversos".

Antecedentes

Cabe recordar que los 20 millones que la Generalitat tendrá que aportar para hacer frente a la condena no es la única cantidad emitida desde la administración por este caso concreto. En el año 2000, la máxima institución autonómica abonó 10 millones de euros a los propietarios para indemnizarlos por las expropiaciones.

La sentencia establecía en 45 euros el metro cuadrado, un valor superior al fijado inicialmente en el proceso expropiatorio. Aun así, los vecinos pedían aún más recompensación económica tras la sentencia del 2020, con argumentos como la calificación de algunas parcelas, que antes eran urbanizables y posteriormente pasaron a ser recalificadas como zona verde.

Aquella resolución judicial subrayaba la “necesidad de reparar unos daños causados directamente por un desapoderamiento sin causa legítima, que textualmente se traduce desde un punto de vista jurídico en una ilegítima ocupación de suelo por parte de la administración, lo que indudablemente, debe tener su reflejo en la ejecución, pues de lo contrario daría exactamente igual como hiciera las cosas la administración, si no atribuimos consecuencias a estas situaciones de manifiesta ilegalidad”.

Además, la sala detallaba los supuestos en los que se debía proceder a la restitución, y apuntaba que la Generalitat debe devolver las fincas “libres de toca carga y gravamen”, y asumiendo los gastos derivados de la retransmisión de los terrenos. En la resolución del DOGV, la Conselleria de Hacienda detalla "la obligación de devolver, previo retorno del justiprecio cobrado por los expropiados, las parcelas cuya restitución no es imposible, así como respecto de las que sí es imposible tal restitución hay obligación de indemnizar en los términos y con las cuantías que figuran en los diversos autos de la sentencia anulatoria".

Los hechos se remontan a 1998, cuando se anunciaron las expropiaciones en el barrio de Agua Amarga, el entorno donde se proyectó Ciudad de la Luz. Dos años más tarde se iniciaron las primeras demoliciones y los vecinos comenzaron a recibir las indemnizaciones. En cambio, en 2011 el Tribunal Supremo declaró la expropiación nula de pleno derecho. En 2016 el alto tribunal instó a la Generalitat a la devolución de los terrenos como respuesta a los contenciosos interpuestos por demandantes con intereses urbanísticos en la zona. Y en 2020 el TSJ condenó a la Generalitat a pagar 20 millones de euros a los afectados por estas expropiaciones.

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