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Una madre separada deberá dejar su casa por empezar a vivir en ella con otra pareja

El padre del menor, que además ha obtenido la custodia compartida, demostró con un detective privado la nueva relación de su exmujer

Una madre separada deberá dejar su casa por empezar a vivir en ella con otra pareja

Una madre divorciada, que tras la separación se quedó a residir en el piso familiar con el hijo del matrimonio, menor de edad, deberá ahora abandonar su casa por orden judicial después de que empezara a vivir en ella con su nueva pareja, lo que según la jurisprudencia, a la que apela la sentencia, desvirtúa el concepto de “domicilio familiar”. “La introducción de una tercera persona hacer perder a la vivienda su antigua naturaleza por servir en su uso a una familia distinta y diferente”, asevera el juez, siguiendo la estela del Tribunal Supremo, que además concede la custodia compartida al padre del niño, que reside en Gijón.

El divorcio entre este matrimonio tuvo lugar en 2018 y hasta la sentencia actual existía un régimen de visitas en favor del padre, mientras que la madre del menor seguía residiendo en la vivienda familiar, ubicada en la parroquia sierense de Valdesoto. El padre, representado por la abogada gijonesa Sofía Duart Álvarez de Cienfuegos, solicitó un sistema de guardia y custodia compartida por semanas alternas con intercambio los lunes a la entrada del colegio, además de un régimen de visitas consistente en la mitad de los períodos escolares vacacionales.

El problema que advertía la madre del niño es que mientras ella vivía en Valdesoto, en la vivienda familiar, el padre tenía su residencia en Gijón, lo que supone una distancia de apenas veinte minutos en coche. El juez, como ya se viene haciendo, estima que la distancia que separa ambas localidades no debe ser un obstáculo para la custodia compartida. Esta fórmula “ha de considerarse no como un sistema excepcional sino normal por reputar es el que fomenta más la integración de los menores con ambos padres, evitando desequilibrios en los tiempos de presencia y el sentimiento de pérdida, a la vez que estimula la cooperación de los padres en beneficio del menor”, estima el juez, parafraseando al Supremo.

El otro tema en litigio era el uso del domicilio familiar. Desde la separación, fue la mujer quien se quedó a vivir en la casa, pero la nueva relación sentimental iniciada por ella impide ahora que siga residiendo en ese lugar. Así se desprende, dice el juez, de la declaración de ella y, “muy especialmente”, “del informe de seguimiento” realizado por el detective que contrató el padre, que demostró que en esa casa “reside con habitualidad la nueva pareja” de la madre del menor. “Es evidente que la casa no goza ya del carácter de vivienda familiar”, estima el juez, que obliga a la mujer a buscar un nuevo domicilio en los próximos meses.

Criterio del Supremo

Esta decisión judicial “es una de las primeras sentencias en Asturias que aplica la doctrina jurisprudencia del Supremo, que establece que si se introduce a la nueva pareja en la que fue vivienda familiar, no se puede seguir viviendo en ella”, describe Sofía Duart.

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