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Reforma de la ley de interrupción del embarazo

Los médicos no objetores no serán relegados a practicar solo abortos

Los grupos parlamentarios acuerdan en el Congreso que los profesionales sanitarios no sean discriminados por motivos de conciencia

Estas son las claves de la ley del aborto que aprueba hoy el Gobierno.

La reforma de la ley del aborto avanza sin hacer ruido en el Congreso de los Diputados. Se han celebrado ya dos reuniones de la ponencia designada a debatir a puerta cerrada las enmiendas y en principio los grupos han acordado una enmienda transaccional que indica que "se adoptarán las medidas organizativas necesarias para garantizar la no discriminación de los profesionales no objetores, evitando que se vean relegados en exclusiva a la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo", según ha podido saber EL PERIÓDICO, del grupo Prensa Ibérica.

La nueva disposición parte de una enmienda de Bildu y, según fuentes parlamentarias, tiene el apoyo suficiente como para ser incorporada a la reforma legal destinada a eliminar las restricciones al aborto y blindar este derecho en la sanidad pública. Para ello, se creará un registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia, de carácter individual, encaminado a impedir que, como sucede en la actualidad, hospitales o unidades enteras practiquen la objeción y, como consecuencia, el 84% de los abortos se realicen en las clínicas privadas concertadas.

Ahora bien, existía el temor en el ámbito médico de que los profesionales sanitarios que con la nueva regulación se declaren no objetores sean relegados a practicar exclusivamente abortos si en su unidad, por ejemplo, todos los demás facultativos se oponen a realizar esta prestación sanitaria por motivos de conciencia. La enmienda acordada y que podría ser incorporada definitivamente va destinada a impedir esta situación y también la inversa: los profesionales objetores no podrán sufrir ninguna "discriminación" derivada de su deseo de no realizar interrupciones voluntarias de embarazo.

El aborto por motivos médicos

Ahora bien, Unidas Podemos ha presentado otra enmienda, que también podría ser incorporada al texto legal, que establece que los profesionales objetores no formen parte de los comités clínicos que autorizan o deniegan los abortos por motivos médicos a partir de la semana 22 de gestación. Son las unidades que deciden si la madre o el feto sufren "anomalías incompatibles con la vida", que se hayan detectado a partir de la segunda mitad del embarazo y que permitan el aborto. En muchas ocasiones, se considera que la enfermedad, aunque sea grave, no es incompatible con la vida y se deniega la prestación, por lo que cerca de un centenar de españolas acuden cada año a abortar a Bruselas, país en el que la legislación es más laxa.

Más allá de la objeción de conciencia, entre las enmiendas presentadas por los partidos destaca una del PSOE que nada tiene que ver con el aborto, sino con la prostitución. Y es que la reforma de la ley de salud sexual y reproductiva, aunque no sea uno de sus principales fines, cambia la legislación en publicidad y la modificación implica que se eliminará la prohibición de los anuncios de prostitución que está vigente desde que el pasado octubre entró en vigor la 'ley del solo sí es sí'. Para que esto no suceda y no decaiga la limitación, los socialistas han presentado una enmienda destinada a su subsanación.

La violencia obstétrica

Asimismo, Unidas Podemos tratará de incorporar el término "violencia obstétrica" a la norma, que quedó fuera porque despierta recelos en el ámbito médico, por lo que el ala socialista del Gobierno prefirió no citarlo. Los morados definen la violencia obstétrica como aquella "acción u omisión que cause daño a la salud física o psíquica de las mujeres durante la práctica sanitaria relativa a la atención ginecológica y obstétrica, especialmente la relativa a la atención al embarazo, el parto y el puerperio".

Pese a las enmiendas presentadas, existe suficiente consenso en torno al grueso de la reforma de la ley del aborto, que también acaba con la necesidad de que las menores de 16 y 17 años necesiten el permiso paterno para abortar, e incorpora bajas laborales de tres días para las mujeres con reglas dolorosas. Por ello, cabe la posibilidad de que la norma sea aprobada por el pleno del Congreso antes de que finalice el año.

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