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¡Atención conductores! Los radares de la DGT ahora saltarán a estas velocidades

Los radares de la DGT ya no tienen margen de error en estas velocidades: lo que debes saber de la nueva normativa para evitar multas

¿Conducías con margen de error? Así afecta la nueva normativa de los radares de la DGT

¿Conducías con margen de error? Así afecta la nueva normativa de los radares de la DGT / FRANK PALACE

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Mercedes Alfaro Rueda

Mercedes Alfaro Rueda

La temida presencia de radares de tráfico en las vías circulatorias presenta una novedad importante para los conductores españoles. Una orden ministerial modifica el control metrológico de estos aparatos y hace que cambie su homologación. 

Hasta ahora tanto los radares fijos como los móviles que coloca Tráfico siguen la norma del 5 y del 7 para determinar cuándo hay sanción o no. Cuando la velocidad no supera los 100 km/h, el margen de tolerancia es de +/-5 km/h en los radares fijos y del +/-7 km/h en los móviles. Para las mediciones que superen los 100 km/h, +/-5 o +/-7 %.

Con la nueva orden ministerial, el margen para los radares fijos de instalación estática en mediciones inferiores de 100 km/h es de 3 km/h, mientras que en las superiores es del 3%. 

Por su parte, los radares móviles pasarán a tener un error máximo de 5 km/h para mediciones que no excedan los 100 km/h y de un 5% para situaciones en las que se superen.

En cuanto a los radares de tramo, el margen es de +/-3 km/h o +/-5 km/h en el caso de mediciones inferiores a 100 km/h, y de +/-3 % o +/-5 en el caso de más de 100 km/h.

Fuente: El Periódico

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