La Seguridad Social regala 5 años de cotización para la jubilación: estos son los requisitos

Quienes cumplan los requisitos pueden realizar el trámite ante la Seguridad Social y optar por la modalidad de pago que prefieran

El informe de vida laboral puede cambiar

El informe de vida laboral puede cambiar / shutterstock

Arual Martínez

Llegar a nuestra jubilación con una buena pensión es algo que preocupa a muchos, sobre todo a aquellos que se incorporaron tarde al mercado laboral o que han tenido lagunas laborales por ciertos motivos.

Para tener una buena pensión es importante los años de cotización, ya que determinan a qué tanto por ciento de la base reguladora se tiene derecho. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha aprobado recientemenre un nuevo convenio especial que ofrece a determinados trabajadores la posibilidad de sumar hasta cinco años de cotización a su vida laboral.

¿Quién puede optar a esta cotización?

Las personas que pueden optar a estos cinco años adicionales de cotización para su jubilación son aquellas que hicieran prácticas no remuneradas antes del 1 de noviembre de 2011. Las personas que trabajasen de prácticas antes de esa fecha podrán reclamar la cotización que les correspondería, a pesar de no haber tenido contrato ni haber cobrado ninguna cuantía durante ese periodo.

Los estudiantes que hayan desarrollado funciones laborales hasta el 1 de enero de 2024 y tampoco hayan cobrado por ellas también podrán solicitar esta cotización extra.

Y es que, hasta el mes pasado los alumnos que habían prácticas no siempre cotizaban. Ahora, el Gobierno ha anunciado que los universitarios o estudiantes de formación profesional que realicen prácticas académicas externas, ya sean remuneradas o no, cotizarán dentro del Regimén General de la Seguridad Social.

Requisitos que se deben cumplir

Para conseguir los cinco años de cotización hay que cumplir con los requisitos que establece el Real Decreto Legislativo 8/2015 (Ley General de la Seguridad Social) que se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado.

En concreto, se establecen varios requisitos:

  • El trabajador debe haber realizado prácticas sin remuneración. Podrán acogerse estudiantes universitarios que hicieran prácticas para obtener la titulación, alumnos de de Formación Profesional, enseñanzas artísticas superiores y enseñanzas deportivas . También podrán acogerse los graduados universitarios que participaron en programas de doctorado antes del 4 de febrero de 2006.
  • Las prácticas se deben haber llevado a cabo antes de noviembre de 2011, año en el que entró en vigor la normativa que obliga a cotizar por prácticas remuneradas.

El máximo de años que se podrá sumar será de cinco, siempre que esas prácticas no hayan cotizado ya.

¿Cómo solicitarlo?

Las personas interesadas en solicitar que se les aplique este convenio especial tienen un plazo de dos años para hacerlo, desde abril de 2024. Quienes cumplan los requisitos pueden realizar el trámite ante la Seguridad Social y optar por la modalidad de pago que prefieran: un pago único o mensual.

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