Seguridad vial
Aviso de la DGT: los ciclistas tienen que llevar esta protección desde este año
Será una novedad importante respecto al año entrante
Luis Miguel Mora
La Dirección General de Tráfico (DGT), en su propósito por hacer de las carreteras españolas un lugar más seguro, realiza mejoras continuas en la normativa de circulación para adaptarla a las necesidades de circulación. Por ello, ha creado unas nuevas disposiciones que, a partir de 2025, provocarán cambios tanto en los conductores como en los ciclistas.
Cambios en los adelantamientos
En este sentido, una de las principales modificaciones reside en el límite de velocidad para adelantar a los ciclistas. Por ello, a partir de 2025, los conductores deberán reducir su velocidad a 20 kilómetros para rebasarlos. En este sentido, si la vía es de 50 km/h, el adelantamiento deberá realizarse a 30 km/h. Y como ya está establecido, se debe mantener una distancia lateral de 1,5 metros al adelantar.
Una medida que ha suscitado mucha polémica entre los conductores debido a que una reducción de la velocidad para adelantar supone un mayor peligro entre conductores, ya que en la mayoría de ocasiones se requiere invadir el carril contrario para efectuar la maniobra. Según la DGT, "la diferencia de velocidad entre ambos ya es grande, por lo que la protección al más débil obliga reducir la velocidad y no a aumentarla".
Obligatoriedad de llevar el casco
Hasta la fecha, se permitían ciertas excepciones para no multar a los ciclistas que no llevaban casco. Sin embargo, esto ya no es así, ya que portar este elemento ahora es siempre obligatorio. Al mismo tiempo, también se debe vestir con accesorios reflectantes o luminosos en caso de condiciones de baja luminosidad, para que los ciclistas sean visibles desde al menos 150 metros de distancia.
Modificaciones en zonas urbanas
Otra medida destacada es la obligación de los conductores de mantener una distancia mínima de seguridad de 5 metros al seguir a una bicicleta dentro de la ciudad. Asimismo, se han introducido normas más flexibles para los ciclistas en casos de tráfico congestionado, permitiéndoles adelantar vehículos por ambos lados durante las retenciones.
Además, en las zonas urbanas, las bicicletas deberán desplazarse ocupando el centro del carril, dejando las aceras exclusivamente para los peatones. Además, en calles de un solo carril con un límite de velocidad de 30 km/h, los ciclistas tendrán la autorización para circular en sentido contrario.
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