La Guardia Civil extrema ya la vigilancia en los parabrisas coche: sanciones de 200 euros
El periodo para tramitar estos documentos ante la Agencia Tributaria arrancó el pasado 1 de enero

Guardia Civil. Imagen de archivo / LNE
Manuel Riu
El parabrisas y el resto de cristales del coche tienen como función principal ofrecer una correcta visibilidad al volante, puesto que el 90% de la información que recibimos durante la conducción nos llega a través de la vista. En los últimos años, el parabrisas también se ha convertido en un elemento fundamental para las cámaras de los sistemas de seguridad ADAS, puesto que suelen estar situadas en la parte superior central de la luna, a la altura del espejo retrovisor interior.
Todos sabemos que un parabrisas sucio o roto entorpece la visión del conductor/a y aumenta considerablemente el riesgo de sufrir un accidente de tráfico. Por ello, gran parte de las multas que la Dirección General de Tráfico (DGT) pone en relación con las lunas del coche, están relacionadas con la falta de visibilidad.
Según el Reglamento General de Circulación, "la superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule" y añade que "el conductor de un vehículo está obligado a mantener el campo necesario de visión". Asimismo, el artículo 84 de la Ley de Seguridad Vial, deja claro que los agentes de tráfico podrán inmovilizar un coche si presenta "deficiencias que constituyan un riesgo especialmente grave para la seguridad vial", entre las que podría encontrarse un parabrisas roto.
Tal como explica Carglass, el incumplimiento de las siguientes normas está sancionado con una multa de 200 euros, sin pérdida de puntos del permiso de conducir:
- Circular con el parabrisas o el resto de los cristales del coche con daños o roturas que dificulten una correcta visibilidad.
- Circular con el parabrisas o el resto de los cristales con una capa de suciedad o de hielo que dificulte una correcta visibilidad.
- Circular con el parabrisas o el resto de los cristales con láminas, adhesivos, cortinillas u otros elementos no autorizados que dificulten una correcta visibilidad. Es importante que la pegatina de la ITV esté situada en el ángulo superior derecho del parabrisas, y la del distintivo ambiental de la DGT, en la esquina inferior derecha.
- Circular con un soporte para teléfono móvil adherido al parabrisas en una zona que dificulte una correcta visibilidad.
- Por otro lado, un laminado o tintado incorrecto de los cristales del coche también es motivo de sanción. Los casos comentados a continuación también suponen una multa de 200 euros:Utilizar láminas adhesivas o cortinillas sin llevar dos espejos retrovisores exteriores.
- Utilizar vidrios tintados o coloreados no homologados.
- Utilizar vidrios tintados o coloreados en las ventanillas delanteras, con excepción de personas que sufren lupus u otra enfermedad especialmente sensible a los rayos del sol, así como vehículos oficiales o de usuarios protegidos.
Por último, los agentes de tráfico también nos pueden sancionar con una multa de 80 euros por llevar las escobillas de los limpiaparabrisas en mal estado. Además, en casos extremos en los que se estén produciendo lluvias intensas y los limpiaparabrisas no funcionen correctamente, los agentes de tráfico podrán llegar a inmovilizar el vehículo para garantizar la seguridad del conductor/a y del resto de usuarios de la vía.
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