Ni la baliza v-16 ni el chaleco reflectante: la DGT confirma que te pueden poner una multa de hasta 500 euros si te falta esto
Se trata de una medida que garantiza el buen estado de los vehículos y que es obligatoria

La baliza V16 será obligatoria a partir del 1 de enero del 2026 / Pilar Cortés
Desde el 1 de enero de 2026 es obligatorio llevar en el coche las balizas v-16 conectadas para que los conductores señalicen que su vehículo está parado en la calzada. Estos dispositivos, que se colocan sobre el techo, vienen a sustituir a los antiguos triángulos y reducirán los atropellos en el arcén, según afirma la Dirección General de Tráfico (DGT).
Gracias a esta baliza, los vehículos accidentados podrán enviar su ubicación exacta a la plataforma DGT 3.0 y podrán gestionar su emergencia de forma mucho más eficaz. La Guardia Civil y la DGT trabajan actualmente en el refuerzo de la ciberseguridad de las transmisiones de datos para garantizar que solo los servicios de emergencia autorizados tengan acceso a la ubicación de los usuarios y evitar los fraudes relacionados con las grúas pirata.
Estos estafadores interceptan las señales o monitorizan las incidencias y se presentan en el lugar del incidente antes que el servicio de asistencia en carretera oficial contratado por el usuario.
Otros elementos de seguridad
No llevar la baliza v-16 en el coche puede suponer para el conductor una multa de 80 euros mientras que la sanción por no llevar el chaleco reflectante homologado puede oscilar entre los 80 y los 200 euros.
Pero no es el único elemento obligatorio que deben tener en cuenta los conductores a la hora de ponerse en carretera. La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) también es otro trámite imprescindible para garantizar que los vehículos que circulan por las carreteras lo hacen de forma segura, con su mantenimiento correspondiente y con las menores emisiones contaminantes.

PI STUDIO
La ITV es una inspección obligatoria y periódica a la que deben someterse los vehículos a partir de una determinada antigüedad. Su objetivo es comprobar que el coche, moto, furgoneta o camión cumple con los requisitos técnicos mínimos establecidos por la normativa vigente: estado de frenos, neumáticos, luces, dirección, emisiones contaminantes, estructura del vehículo, etc.
Dependiendo del tipo de vehículo habrá que pasar la ITV antes o después. Por ejemplo, en turismo de hasta 4 años no tienen que pasar esta revisión pero si tienen entre 4 y 10 años deberán hacerlo cada dos, y los de más de 10 todos los años.
Además de favorecer la seguridad vial y proteger el medio ambiente, pasar esta revisión te garantiza que cumples con las coberturas del seguro en caso de accidente, ya que no llevarla en vigor te puede acarrear responsabilidades legales. Igualmente, ayuda a reducir averías graves y puede ayudar a alargar la vida útil del vehículo.
Multas por no pasar la ITV
Circular sin la ITV en vigor o con una ITV desfavorable o negativa conlleva multas importantes. Son las siguientes:
- ITV caducada: multa de 200 euros.
- ITV desfavorable (el conductor tiene la obligación de reparar el error grave y volver a pasar la ITV en el plazo de dos meses): 200 euros.
- ITV negativa (defectos graves o muy graves): 500 euros y el vehículo debe ser inmovilizado.
Además, si cuando pasaste la ITV te dieron una pegatina para colocar en la parte superior derecha del parabrisas y no la llevas deberás pagar una multa de entre 80 y 100 euros.
Estas sanciones no conllevan pérdida de puntos, pero pueden ir acompañadas de la inmovilización del vehículo por parte de la autoridad.
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