Confirmado por la DGT: los conductores nacidos entre 1956 y 1961 que tengan que renovar el carnet tienen una ventaja desconocida
Las personas mayores de 65 años tienen que renovar el permiso de conducción cada 5 años en lugar de 10

Los cambios que sufrirán los mayores de 65 años en el carnet de conducir
Cuando te sacas el carnet de conducir tienes muchas obligaciones que cumplir en la carretera pero también fuera de ella. Renovar permiso de conducción es eso que como tienes que hacer cada 10 años lo más “normal” es que se te olvide o que tengas que consultarlo cada poco tiempo para que no se te pase.
La renovación cada 10 años no es para toda la vida y cambia a partir de los 65 años. Los conductores nacidos entre 1956 y 1961 deben saber que esta condición cambia para ellos este 2026, ya que deberán renovar el carnet de conducir cada 5 años. La Dirección General de Tráfico (DGT) señala que no hay una edad máxima para conducir sino que el conductor tenga las capacidades y aptitudes necesarias para hacerlo. Esto, lógicamente, se ve mermado con la edad por lo que es necesario pasar el reconocimiento médico con mayor asiduidad.
La DGT insiste en que el reconocimiento médico y los criterios de evaluación son los mismos para cualquier edad. Sin embargo, si durante la revisión “se detecta una enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide la renovación, es susceptible de agravarse, el periodo de validez del permiso será menor. En este caso también será menor la tasa que debes pagar para renovarlo”, detalla en su web.
Cuándo tienen que renovar el carnet de conducir los mayores de 65 años
No hay una fecha única para todos los nacidos entre 1956 y 1961. Cada conductor debe fijarse en la fecha de caducidad que aparece en su permiso. La DGT permite renovar desde tres meses antes de que caduque, sin perder días de validez: la nueva prórroga empieza a contar desde la fecha en la que vencía el permiso anterior.
También puede renovarse después de la caducidad, pero con una advertencia importante: mientras el permiso esté caducado, no se puede conducir legalmente. La renovación no exige volver a examinarse; basta con superar el reconocimiento médico correspondiente.

Un carnet de conducir. / INFORMACIÓN
Cómo se renueva el carnet de conducir
La vía más sencilla es acudir a un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado. Según la DGT, estos centros pueden realizar la renovación completa: reconocimiento médico, fotografía y tramitación del permiso. El centro cobra el reconocimiento médico y, cuando procede, la tasa de Tráfico.
Una vez realizado el trámite, el conductor recibe un permiso provisional con el que puede circular por España hasta que llegue el definitivo. La DGT señala que lo habitual es recibir el nuevo carné en el domicilio en aproximadamente mes y medio.
¿Cuánto cuesta renovar el carnet de conducir? Todos los conductores deben de abonar el precio del reconocimiento médico y una tasa. La general es de 24,58 euros aunque para los mayores de 70 años están exentos de pagarla (sí el reconocimiento).
Si por razones médicas la prórroga es por un plazo inferior al establecido, las tasas a adquirir serán las siguientes:
- Hasta 4 años: la tasa 4.3.4 de 19,67 €
- Hasta 3 años: la tasa 4.3.3 de 14,75 €
- Hasta 2 años: la tasa 4.3.2 de 9,83 €
- Hasta 1 años: la tasa 4.3.1 de 4,92 €

Los conductores mayores de 65 años deben renovar el permiso cada 5 años / INFORMACIÓN
La peculiaridad de los nacidos entre 1956 y 1961
Hay una peculiaridad desconocida que tienen los conductores mayores de 65 años y es que pueden acudir a las oficinas de la DGT para realizar los trámites presenciales sin solicitar una cita previa. Puedes acudir en el horario de atención al público de cada oficina eso sí, debes saber que necesitas aportar varias cosas que no se solicitan en el Centro de Reconocimiento de Conductores.
La DGT explica que si quieres renovar tu carnet de conducir de forma presencia en una de sus oficinas deberás aportar:
- Impreso oficial de solicitud de renovación del permiso relleno. En el Impreso oficial puedes autorizar expresamente a la DGT a que compruebe telemáticamente tu domicilio de empadronamiento y del IAE. No obstante, si la DGT no obtiene información válida, deberás subsanarlo aportando la documentación.
- Informe de aptitud psicofísica, expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado. Ten en cuenta que el informe caduca a los 90 días hábiles de su expedición.
- Justificante de la compra de la tasa correspondiente, aportando el número de tasa o resguardo de haber realizado el pago de la misma.
En el supuesto de que estés solicitando la renovación de una licencia para vehículos agrícolas (LVA) o de vehículos de movilidad reducida (LCM) también deberás aportar:
- Fotografía original actual de 32 x26 mm. en color y con fondo liso, tomada de frente con la cabeza descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar tu identificación.
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