Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Secciones

Los nacidos entre 1956 y 1961 afrontan un cambio clave en el carnet de conducir: así les afectará

Una modificación de la DGT en la renovación del carnet afecta especialmente a dos generaciones

Los nacidos entre 1956 y 1961 afrontan un cambio clave en el carnet de conducir: así les afectará

Así es como puedes conseguir la ayuda de 200 euros para el carnet de conducir / Eva Abril

¿Ya nos sigues?Márcanos como medio preferente
Añádenos en Google

Renovar el carnet de conducir es uno de esos trámites que muchos conductores solo recuerdan cuando se acerca la fecha de caducidad. Durante buena parte de la vida, el permiso se prorroga con una periodicidad amplia y el proceso suele limitarse a acudir a un centro autorizado, superar el reconocimiento médico y completar la gestión administrativa correspondiente. Sin embargo, a medida que avanza la edad, los plazos cambian y la Dirección General de Tráfico establece revisiones más frecuentes para comprobar que se mantienen las condiciones necesarias para conducir con seguridad.

65 años

El debate afecta especialmente a quienes han nacido entre 1956 y 1961, porque en 2026 entran en dos tramos muy concretos. Los primeros, los nacidos en 1956, cumplen o ya han cumplido 70 años y pueden beneficiarse de la exención de la tasa de Tráfico si tienen que renovar el permiso. Los segundos, los nacidos en 1961, alcanzan los 65 años y pasan a un sistema de renovaciones más corto. No se trata de una prohibición ni de una retirada automática del carnet, sino de un control periódico más frecuente vinculado a la seguridad vial.

La DGT mantiene un criterio claro: la edad por sí sola no impide conducir. Lo determinante no es el año de nacimiento, sino el estado físico, sensorial y cognitivo de cada persona. Por eso, el permiso puede renovarse sin límite máximo de edad siempre que el conductor supere el reconocimiento médico obligatorio. Ese examen se realiza en un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado y sirve para evaluar capacidades esenciales como la visión, la audición, la coordinación, los reflejos y el estado general necesario para ponerse al volante sin representar un riesgo para uno mismo ni para los demás usuarios de la vía.

Cambios en el permiso de conducir a partir de 2026: la norma de la DGT afecta a los conductores nacidos entre 1956 y 1961.

Cambios en el permiso de conducir a partir de 2026: la norma de la DGT afecta a los conductores nacidos entre 1956 y 1961. / Archivo

El cambio más relevante llega al cumplir los 65 años. Hasta esa edad, los permisos más habituales, como el B de coche, suelen tener una vigencia máxima de 10 años. A partir de entonces, el periodo se reduce a 5 años para permisos AM, A1, A2, A, B y licencias de conducción. En la práctica, esto significa que los nacidos en 1961, al cumplir 65 años en 2026, deberán acostumbrarse a renovar el carnet con más frecuencia. La finalidad es que los controles médicos no queden tan espaciados en una etapa en la que pueden aparecer problemas de salud, pérdida de reflejos o limitaciones visuales que afecten a la conducción.

Permisos profesionales

Para los permisos profesionales, el plazo es todavía más reducido. Los conductores de camiones y autobuses, con permisos como C, C1, D, D1 y sus combinaciones, deben renovar con una vigencia máxima de 3 años a partir de los 65. La razón es que se trata de vehículos de mayor tamaño, con más responsabilidad y, en muchos casos, vinculados al transporte de mercancías o pasajeros. En estos supuestos, Tráfico busca reforzar la prevención y garantizar que quienes desarrollan una actividad profesional al volante mantienen las aptitudes necesarias para hacerlo con seguridad.

Más de 70 años

La otra novedad práctica afecta a quienes ya han cumplido 70 años. Los conductores de esta edad no tienen que pagar la tasa de renovación del permiso, aunque sí deben asumir el coste del reconocimiento médico obligatorio. Por tanto, los nacidos en 1956 que tengan que renovar el carnet en 2026 podrán beneficiarse de esa exención en la tasa de la DGT. El trámite puede hacerse directamente a través del centro médico autorizado, que remite el resultado a Tráfico, o mediante los canales habilitados por la Administración. Si el permiso está caducado, conviene recordar que no se puede conducir hasta que se haya renovado correctamente.

Suscríbete para seguir leyendo

Tracking Pixel Contents